Ley 45/1984, de 17 de diciembre, de Reordenación del Sector Petrolero.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Ley 45/1984, de 17 de diciembre, de Reordenación del Sector Petrolero. ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 45/1984, de 17 de diciembre, de Reordenación del Sector Petrolero, establece la transmisión de los bienes y derechos del Estado al Monopolio Español de Petróleos (CAMPSA), con el objetivo de reordenar el sector petrolero español y adaptarlo a la normativa de la Comunidad Económica Europea (CEE). 2. **CONTEXTO** La industria petrolera española estaba en proceso de adaptación a la normativa de la CEE, lo que exigía una reordenación del sector. La integración vertical de las empresas del sector y la mejora de su eficacia y competitividad eran objetivos principales. La reordenación se basaba en un Protocolo firmado en 1983 por el Ministerio de Industria y Energía. La adhesión de España a la CEE requería una rápida implementación de esta norma. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 45/1984 establece que el Gobierno podrá acordar la transmisión a CAMPSA de la totalidad de los bienes y derechos del Estado afectados al Monopolio de Petróleos. El valor de dichos bienes asciende a 100.928 millones de pesetas, excluyendo productos objeto de comercialización, activos circulantes y otros derechos específicos. La valoración de los activos se realizará según criterios generalmente aceptados. El Gobierno podrá adaptar la cifra mencionada en el artículo 1, en función de la distribución de CAMPSA y sus revisiones futuras, siempre que respete los criterios de costes optimizados y márgenes justos y claramente determinados. Esto permitirá una adecuación continua a las circunstancias reales y una orientación de las actuaciones empresariales. Desde el 1 de enero de 1985, CAMPSA dejará de estar exenta del Impuesto de Sociedades, y se suprimirá la participación del Estado en los productos líquidos de CAMPSA, según lo establecido en el artículo 14 de la Ley de 17 de julio de 1947. La Ley establece que el Gobierno regulará la nueva naturaleza, estructura y funciones de la Delegación del Gobierno en CAMPSA, a fin de adaptarla a lo establecido en esta Ley y en la Ley 44/1981, de 28 de diciembre. En cuanto a las disposiciones transitorias, se establece que hasta que se acuerde la conversión de acciones nominativas en acciones al portador, las Juntas generales de accionistas de CAMPSA que se convoquen para tratar de los asuntos enumerados en el artículo 58 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas quedarán válidamente constituidas en segunda convocatoria siempre que esté representada la mitad del capital desembolsado, cualquiera que sea el número de accionistas que asista. Además, hasta que el Gobierno regule la nueva conformación de la Delegación del Gobierno en CAMPSA, dicha Delegación seguirá ejerciendo las funciones que la legislación actualmente le asigna, en lo que no resulten modificadas por esas normas. La Ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 45/1984 establece la transmisión de los bienes del Estado al Monopolio Español de Petróleos (CAMPSA), con el objetivo de reordenar el sector petrolero. La norma regula la valoración, distribución y funciones de CAMPSA, así como la supresión de la exención fiscal del Estado. La Ley entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Transmisión de bienes del Estado a CAMPSA**: La Ley establece que el Gobierno podrá transmitir los bienes y derechos del Estado al Monopolio Español de Petróleos. ⚠️ **Valoración de activos**: El valor de los bienes asciende a 100.928 millones de pesetas, excluyendo productos y activos circulantes. 📋 **Supresión de exención fiscal**: Desde 1985, CAMPSA dejará de estar exenta del Impuesto de Sociedades. ℹ️ **Regulación de la Delegación del Gobierno**: El Gobierno regulará la nueva estructura y funciones de la Delegación en CAMPSA. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 45/1984 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 17 de diciembre de 1984 - **Materias**: Energía, Industria, Sociedades, Impuestos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Monopolio de Petróleos, CAMPSA, reordenación sectorial, exención fiscal, CEE, Impuesto de Sociedades ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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