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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 15 de enero de 1985 por la que se autoriza el aumento de tarifas de la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE).

BOE-A-1985-1697Publicada: 25/01/1985MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 15 de enero de 1985 por la que se autoriza el aumento de tarifas de la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Ministerio de las Administraciones Públicas autoriza a la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE) a establecer aumentos en las tarifas de viajeros y mercancías, así como establece normas de redondeo de precios y excepciones para servicios subvencionados. 2. **CONTEXTO** En noviembre de 1984, la RENFE presentó un expediente de solicitud de aumento de tarifas ante la Junta Superior de Precios, remitiendo una copia al Ministerio. Esta acción se realizó en cumplimiento del artículo 5 del Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios. El Ministerio, tras considerar el informe de la Junta Superior de Precios y acordar la autorización de la Comisión Delegada del Gobierno para asuntos económicos, resolvió la orden ministerial en enero de 1985. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 15 de enero de 1985 autoriza a la RENFE a aumentar las tarifas de viajeros y mercancías, en cumplimiento de la normativa vigente sobre precios. El texto establece que el aumento medio para viajeros será del 8 por ciento, discriminado según el tipo de servicio: para servicios de largo recorrido, el aumento será del 7 por ciento en la tarifa general de 1. y 2. clases, y del 11,5 por ciento en el suplemento por utilización de determinados trenes y servicios. Para servicios regionales y de cercanías, el aumento será del 7 por ciento en la tarifa general de 1. clase y de 2. clase a partir de 75 kilómetros, y del 12 por ciento en la tarifa general de 2. clase hasta 75 kilómetros. En cuanto a las mercancías, se autoriza un aumento medio ponderado del 7 por ciento, sin que ninguna modalidad tarifaria exceda el límite del 12 por ciento. Además, se establece un régimen de redondeo de precios para facilitar la operatividad en la expedición de billetes y facturación de mercancías. Los precios se redondearán a múltiplos de 5 pesetas por exceso cuando el precio del transporte sea igual o superior a 100 pesetas. Para precios inferiores a 100 pesetas, se redondearán por exceso cuando la fracción sea igual o superior a 2,50 pesetas, y por defecto cuando sea menor. La Orden también permite establecer un régimen tarifario diferente para servicios en líneas deficitarias que incluyan convenios entre RENFE y organismos de gobierno de las comunidades autónomas u otras entidades provinciales o locales, para la prestación de servicios subvencionados por los mismos. Finalmente, se establece que la presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". El texto se basa en el Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, que establece la normativa en materia de precios, y en el informe de la Junta Superior de Precios, que respalda la solicitud de RENFE. La autorización se otorga en cumplimiento de la normativa vigente y con el apoyo de la Comisión Delegada del Gobierno para asuntos económicos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial autoriza aumentos en tarifas de viajeros y mercancías, establece normas de redondeo de precios y permite excepciones para servicios subvencionados. Se basa en el Real Decreto 2695/1977 y en el informe de la Junta Superior de Precios. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de aumentos tarifarios**: Se autoriza a RENFE a establecer aumentos en tarifas de viajeros y mercancías, con límites específicos. ⚠️ **Redondeo de precios**: Se establece un régimen de redondeo para facilitar la operatividad en la facturación y expedición de billetes. 📋 **Excepciones para servicios subvencionados**: Se permite un régimen tarifario diferente para servicios en líneas deficitarias con convenios con organismos públicos. ℹ️ **Vigencia de la orden**: La orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 15 de enero de 1985 - **Materias**: Transporte ferroviario, tarifas, precios, regulación económica - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: RENFE, tarifas, precios, redondeo, servicios subvencionados, Real Decreto 2695/1977 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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