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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 15 de enero de 1985 por la que se autoriza el aumento de precio de pasaje marítimo y vehículos de cabotaje nacional.

BOE-A-1985-1608Publicada: 24/01/1985MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 15 de enero de 1985 por la que se autoriza el aumento de precio de pasa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Ministerio autoriza el aumento del 7% en las tarifas de pasaje marítimo y vehículos de cabotaje nacional, en respuesta a la subida de costes de explotación solicitada por las empresas navieras. 2. **CONTEXTO** Las empresas navieras presentaron un expediente ante la Junta Superior de Precios, solicitando el aumento de tarifas debido a la elevación de los costes de explotación. Este expediente fue remitido al Ministerio, según lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 2695/1977. El Ministerio, tras revisar el informe de la Junta Superior de Precios y obtener la autorización de la Comisión Delegada de Gobierno para Asuntos Económicos, decidió autorizar el aumento. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 15 de enero de 1985 establece que se autoriza a las empresas navieras para establecer un aumento del 7% sobre las tarifas de pasaje marítimo y vehículos en el tráfico de cabotaje nacional. Este aumento se aplica sobre las tarifas actualmente vigentes, en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden del Ministerio de 9 de enero de 1984. La Orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". La autorización se basa en el artículo 5 del Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, que establece la normativa en materia de precios. Este artículo permite a las empresas solicitar aumentos de tarifas cuando se producen cambios significativos en los costes de explotación. La Junta Superior de Precios, como órgano encargado de evaluar las solicitudes de ajuste de precios, emitió un informe favorable, lo cual fue considerado por el Ministerio. La Comisión Delegada de Gobierno para Asuntos Económicos, en su reunión del 14 de enero de 1985, otorgó la autorización necesaria para que el Ministerio pudiera emitir esta Orden. Esto refleja el marco de control y autorización previo que existe en materia de precios, en el que el Ministerio actúa como órgano de decisión final tras la evaluación de otros organismos. La Orden no establece nuevos derechos ni obligaciones, sino que reconoce una situación ya existente, en la que las empresas navieras han cumplido con los requisitos legales para solicitar el aumento de tarifas. La aplicación del aumento se realiza sobre las tarifas vigentes, lo que implica que el incremento se calcula en base a las tarifas que se aplicaban antes de la entrada en vigor de esta Orden. Esta norma refleja la regulación del sector marítimo en el contexto de la economía española de la época, donde el control de precios era una herramienta clave para la gestión de la economía nacional. La autorización del aumento de tarifas se considera una medida de ajuste a los costes reales, en lugar de una intervención directa en el precio de los servicios. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden autoriza el aumento del 7% en las tarifas de pasaje marítimo y vehículos de cabotaje nacional. La decisión se basa en la autorización de la Comisión Delegada de Gobierno y en el informe de la Junta Superior de Precios. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de aumento de tarifas**: El Ministerio autoriza un aumento del 7% en las tarifas de pasaje marítimo y vehículos de cabotaje nacional. ⚠️ **Bajo control de precios**: La decisión se basa en el marco legal del Real Decreto 2695/1977, que permite ajustar tarifas ante cambios en los costes de explotación. 📋 **Procedimiento previo**: La Junta Superior de Precios y la Comisión Delegada de Gobierno evaluaron la solicitud antes de la aprobación. ℹ️ **Vigencia inmediata**: La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 15 de enero de 1985 - **Materias**: Precios, transporte marítimo, cabotaje, regulación económica - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: tarifas, aumento, costes, Junta Superior de Precios, Comisión Delegada de Gobierno para Asuntos Económicos, Real Decreto 2695/1977 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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