Orden de 15 de enero de 1985 sobre delegación de atribuciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 15 de enero de 1985 sobre delegación de atribuciones del Ministerio de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 15 de enero de 1985 delega en el Subsecretario del Departamento y en otros organismos la gestión de competencias relacionadas con el personal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en desarrollo de la Ley 30/1984 de reforma de la función pública. **2. CONTEXTO** La entrada en vigor del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, que establece nuevas competencias en materia de personal, ha generado la necesidad de una nueva ordenación de competencias y delegaciones. Por ello, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación decide delegar atribuciones para garantizar una gestión eficiente del personal. La Orden se emite con base en el artículo 22 de la Ley Reguladora del Régimen Jurídico de la Administración del Estado y con la aprobación de la Presidencia del Gobierno. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 15 de enero de 1985 establece una serie de delegaciones de atribuciones en el ámbito del personal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en desarrollo de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública. La delegación se realiza en el marco de la nueva organización de competencias y funciones en materia de personal, en virtud del Real Decreto 2169/1984. En primer lugar, se delegan en el Subsecretario del Departamento las siguientes atribuciones: - La provisión de puestos de trabajo de libre designación, previa convocatoria pública, así como los ceses y nombramientos para puestos de trabajo del Departamento y sus organismos autónomos, excepto el nombramiento y cese de los subdirectores generales y asimilados y de los directores territoriales y provinciales del Departamento. - Las facultades relacionadas con el ejercicio de la potestad disciplinaria, excepto la separación del servicio. - La propuesta de relación de puestos de trabajo. - Designar los representantes del Departamento en las comisiones de análisis en los programas alternativos de gastos. En segundo lugar, se delega en el Director General de Servicios del Departamento la convocatoria de concursos para la provisión de puestos de trabajo, en el Ministerio y sus organismos autónomos, con arreglo a las bases previamente aprobadas. En tercer lugar, se aprueban delegaciones adicionales del Subsecretario del Departamento, a propuesta de éste, en el Director General de Servicios: - Las declaraciones de situaciones de servicios especiales y de servicios en comunidades autónomas. - Las adscripciones provisionales en comisión de servicios. Posteriormente, se aprueban otras delegaciones de atribuciones del Subsecretario y a su propuesta, en el Subdirector General de Personal del Departamento y en los directores de los organismos autónomos, respectivamente: - Autorizar la asistencia a cursos de selección, formación y perfeccionamiento. - La concesión de autorizaciones, vacaciones, licencias y permisos a que se refieren los artículos 68, 69, 71, 72, 73 y 77 de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado, y el artículo 30 de la Ley de medidas para la reforma de la función pública. - Dar posesión y cese a los funcionarios en los puestos de trabajo a que sean destinados dentro de los servicios centrales. - Declarar la jubilación forzosa y por incapacidad física a los funcionarios de los servicios centrales. - Reconocimiento de trienios. - La concesión de excedencias voluntarias a que se refiere el artículo 11,7 del Real Decreto 2169/1984. - Todas las facultades que, en relación con el personal contratado en régimen de derecho laboral, sean análogas a las enumeradas en este artículo. En sexto lugar, se aprueba la delegación en el Subdirector General de Personal del Departamento de la tramitación ordinaria de los asuntos y documentos que hayan de remitirse, en materia de personal del Departamento y sus organismos autónomos, a acuerdo, informe, registro o trámite a la Dirección General de la Función Pública. En séptimo lugar, se establece que las delegaciones de atribuciones contenidas en la presente Orden se entienden sin perjuicio de que, en cualquier momento, los órganos delegantes puedan avocar el conocimiento y resolución de cuantos asuntos estimen oportunos. En octavo lugar, se derogan todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en la presente Orden. En noveno lugar, se establece que la presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 15 de enero de 1985 establece una delegación de atribuciones en materia de personal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en desarrollo de la reforma de la función pública. Establece un marco de gestión eficiente y delegación de responsabilidades. La norma se publica en el BOE y entra en vigor al día siguiente. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ Delegación de competencias en materia de personal en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. ⚠️ Excepciones en la delegación, como el nombramiento y cese de altos cargos. 📋 Establecimiento de un marco de gestión y tramitación de asuntos relacionados con el personal. ℹ️ Derogación de disposiciones anteriores que se opongan a esta norma. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 15 de enero de 1985 - **Materias**: Función pública, personal, delegación de competencias - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────