Orden de 21 de marzo de 1985 por la que se interpreta el artículo 8.º, 3 del Reglamento del Instituto de Estudios de Administración Local de 24 de enero de 1985.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 21 de marzo de 1985 por la que se interpreta el artículo 8.º, 3 del Reg ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 21 de marzo de 1985 interpreta el artículo 8.3 del Reglamento del Instituto de Estudios de Administración Local, ampliando su aplicación al caso de vacante del director del Instituto, no solo a la ausencia o enfermedad. **2. CONTEXTO** El artículo 8.3 del Reglamento del Instituto de Estudios de Administración Local, aprobado en 1985, prevé la sustitución del director por el secretario general y, en su defecto, por los subdirectores de centro. No se menciona explícitamente la vacante del cargo. La Orden de 1985 busca clarificar que esta norma también se aplique cuando el director esté vacante. La norma se emite en ejercicio de las facultades conferidas por el Real Decreto 2287/1983, que regula la reorganización interna del Instituto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 21 de marzo de 1985, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 2 de febrero de 1985, interpreta el artículo 8.3 del Reglamento del Instituto de Estudios de Administración Local, aprobado por orden del Departamento correspondiente el 24 de enero de 1985. El artículo 8.3 del Reglamento prevé la sustitución del director del Instituto por el secretario general y, en su defecto, por los demás subdirectores de centro, según el orden establecido en el artículo 5 del mismo Reglamento, pero refiriéndose literalmente a los casos de "ausencia o enfermedad". La Orden establece que, no estando prevista expresamente en el Reglamento la sustitución del director en el caso de vacante, y habiéndose producido en el momento actual este concreto supuesto, procede interpretar el precepto reglamentario en el sentido de que la regla de sustitución del director del Instituto de Estudios de Administración Local, contenida en el artículo 8.3 del Reglamento de 24 de enero de 1985, regirá en los mismos términos allí consignados también para el caso de encontrarse vacante por cualquier causa. En virtud de ello, y en ejercicio de las facultades que le confiere el Real Decreto 2287/1983, de 28 de julio, sobre reorganización interna del Instituto de Estudios de Administración Local, la Orden dispone: **Artículo 1.** Las normas de sustitución en la dirección del Instituto de Estudios de Administración Local, consignadas en el artículo 8.3 del Reglamento de 24 de enero de 1985, deberán interpretarse en el sentido de que son también de aplicación en sus propios términos en el caso de encontrarse vacante el cargo del director del Instituto por cualquier causa. **Artículo 2.** Encontrándose vacante en el momento actual el cargo de director del Instituto y hasta tanto se provea a su designación, la sustitución del mismo se hará por el secretario general y, en su defecto, por los demás subdirectores de centro, según el orden en que figuran en el artículo 5 del Reglamento. **Artículo 3.** Quien en cada momento ostente la sustitución del director del Instituto ejercerá las funciones y facultades propias de aquel y las que este tuviera delegadas y de otras autoridades u organismos. Esta Orden busca garantizar la continuidad de la gestión del Instituto en caso de vacante del director, aplicando las mismas reglas de sustitución que se establecen para los casos de ausencia o enfermedad. La interpretación se basa en el principio de que las normas deben aplicarse en los casos que, aunque no estén expresamente previstos, son razonablemente inferibles de su contenido. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1985 interpreta el Reglamento del Instituto de Estudios de Administración Local para incluir la vacante del director como supuesto de sustitución. Esta interpretación busca garantizar la continuidad de la gestión del Instituto. La norma se emite en ejercicio de las facultades conferidas por el Real Decreto 2287/1983. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Interpretación ampliadora**: La norma interpreta el artículo 8.3 del Reglamento para incluir la vacante del director. ⚠️ **Falta de previa norma**: No se establece expresamente en el Reglamento la sustitución en caso de vacante. 📋 **Aplicación de reglas existentes**: Se aplican las mismas reglas de sustitución que se establecen para la ausencia o enfermedad. ℹ️ **Ejercicio de facultades**: La Orden se emite en ejercicio de las facultades conferidas por el Real Decreto 2287/1983. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden de Ministerio - **Fecha**: 21 de marzo de 1985 - **Materias**: Administración pública, instituciones públicas, gestión institucional - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: sustitución, vacante, director, Instituto de Estudios de Administración Local, Reglamento, Real Decreto 2287/1983 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────