Orden de 18 de marzo de 1985 sobre acceso mediante promoción interna a la Escala de Oficiales Marítimos del Servicio de Vigilancia Aduanera.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 18 de marzo de 1985 sobre acceso mediante promoción interna a la Escala ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El presente orden establece las condiciones y requisitos para el acceso a la Escala de Oficiales Marítimos del Servicio de Vigilancia Aduanera mediante el sistema de promoción interna, basándose en la Ley 30/1984. 2. **CONTEXTO** Este orden fue emitido el 18 de marzo de 1985 por el Ministerio de la Presidencia. Su propósito es regular el acceso a una escala profesional específica dentro del Servicio de Vigilancia Aduanera. Se basa en la Ley 30/1984, que establece el derecho a la promoción interna en las administraciones públicas. El orden se enmarca en un marco legal que busca garantizar la movilidad y el desarrollo profesional de los funcionarios. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El orden regula el acceso a la Escala de Oficiales Marítimos del Servicio de Vigilancia Aduanera mediante el sistema de promoción interna. Para participar en las pruebas de acceso, los funcionarios deben cumplir con una serie de requisitos específicos. Según el artículo 1, se requiere la posesión del título de Piloto de Primera de Marina Mercante o Capitán de la Marina Mercante, el certificado de Observador de Radar y el certificado de Control de Tráfico Marítimo (Contramar). Además, deben estar en situación de activo, servicios especiales, servicios en Comunidades Autónomas o supletorios, y tener una antigüedad de tres años en la Escala de Patrones del Servicio de Vigilancia Aduanera. El artículo 2 establece que los aspirantes que reúnan los requisitos del artículo anterior deberán superar las pruebas que, con carácter general, se establezcan para el acceso a la Escala de Oficiales Marítimos. Se permite, en cada convocatoria, la excepción de realizar el ejercicio práctico al que se refiere el artículo octavo, 2, del Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración del Estado. El artículo 3 indica que, en cada convocatoria, se reservará hasta un 50 por ciento de las vacantes para los funcionarios que accedan a dicho cuerpo mediante el sistema de promoción interna, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 30/1984. El artículo 4 establece que los aspirantes procedentes del sistema de promoción interna que superen las pruebas correspondientes tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir las plazas vacantes de la respectiva convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de este turno. Este orden se fundamenta en el artículo 22.1 de la Ley 30/1984, que establece que las administraciones públicas facilitarán la promoción interna, consistente en el ascenso desde cuerpos o escalas de grupo inferior a otras correspondientes de grupo superior, y que los funcionarios deberán estar en posesión de la titulación exigida, reunir los requisitos y superar las pruebas que establezca el Ministerio de la Presidencia. Además, se reserva hasta un 50 por ciento de las vacantes para estos funcionarios. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden regula el acceso a la Escala de Oficiales Marítimos mediante promoción interna, estableciendo requisitos específicos y reservando un porcentaje de vacantes para los funcionarios que cumplan dichos requisitos. Se basa en la Ley 30/1984 y establece un marco legal claro para la promoción interna en el Servicio de Vigilancia Aduanera. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Requisitos específicos para participar en las pruebas de acceso: titulación, certificados, situación laboral y antigüedad. ⚠️ Reserva del 50% de las vacantes para funcionarios que accedan mediante promoción interna. 📋 Procedimiento de pruebas y preferencia para los aspirantes del sistema de promoción interna. ℹ️ Fundamentado en el artículo 22.1 de la Ley 30/1984 sobre promoción interna en la función pública. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 18 de marzo de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 18 de marzo de 1985 - **Materias**: Función pública, promoción interna, Servicio de Vigilancia Aduanera, acceso a cuerpos profesionales - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: promoción interna, Escala de Oficiales Marítimos, Servicio de Vigilancia Aduanera, Ley 30/1984, certificados profesionales ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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