Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 12 de marzo de 1985 sobre planificación y coordinación para la prevención de la varroasis de las abejas.

BOE-A-1985-4459Publicada: 19/03/1985MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 12 de marzo de 1985 sobre planificación y coordinación para la prevenci ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 12 de marzo de 1985 establece medidas de prevención contra la varroasis, enfermedad parasitaria que representa un riesgo para el sector apícola en España. 2. **CONTEXTO** La varroasis es una enfermedad parasitaria altamente contagiosa que causa pérdidas económicas significativas en el sector apícola. Se ha detectado en varios países europeos, incluido Francia, cercano a la frontera española, sin haberse encontrado aún en España. Por ello, se considera urgente implementar medidas preventivas para evitar su entrada al territorio nacional. El Ministerio, basándose en su atribución legal, decide adoptar estas medidas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 12 de marzo de 1985, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece una serie de medidas de prevención contra la varroasis, enfermedad parasitaria que representa un riesgo significativo para el sector apícola en España. La norma se fundamenta en la Ley de Epizootias, específicamente en los artículos 5 y 9, que otorgan al Ministerio competencias para establecer medidas sanitarias y de coordinación. En primer lugar, se incluye la varroasis entre las enfermedades de declaración obligatoria, según el apartado A) del artículo 3 de la mencionada ley. Esto se justifica por su naturaleza exótica, su alta capacidad de difusión y dificultad para su control. En segundo lugar, se establecen medidas concretas para prevenir la entrada de la enfermedad en España. Primero, se prohíbe la importación de reinas y enjambres procedentes de países afectados por la varroasis. La importación de países libres de la enfermedad se condiciona al cumplimiento de la normativa sanitaria establecida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Segundo, se prohíbe la entrada y salida de colmenas en una zona delimitada por la línea fronteriza con Francia y con una profundidad de 30 kilómetros desde dicha línea, extendiéndose por las provincias de Girona, Lleida, Huesca y Navarra. En esta zona se realizará un registro oficial de todas las colmenas. Tercero, se establece un control diagnóstico permanente oficial en esta área con el fin de permitir la detección temprana de la enfermedad. Cuarto, en caso de aparición de la varroasis, siempre que las circunstancias epizootiológicas lo aconsejen, podrá procederse a la destrucción de animales afectados y del material que pueda constituir peligro para el mantenimiento de la enfermedad. La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1985 establece medidas preventivas contra la varroasis, basándose en la Ley de Epizootias. Estas medidas incluyen prohibiciones de importación, control sanitario en zonas fronterizas y acciones en caso de detección. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Varroasis como enfermedad exótica y de alta difusión**: Se incluye en el listado de enfermedades de declaración obligatoria. ⚠️ **Prohibición de importación de reinas y enjambres afectados**: Para evitar la entrada de la enfermedad en España. 📋 **Control sanitario en zonas fronterizas**: Se establece un registro oficial y diagnóstico permanente. ℹ️ **Acciones en caso de detección**: Se permite la destrucción de colmenas afectadas si es necesario. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 12 de marzo de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 12 de marzo de 1985 - **Materias**: Sanidad animal, prevención de enfermedades, sector apícola - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: varroasis, prevención, enfermedad exótica, control sanitario, sector apícola, Ley de Epizootias ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →