Orden de 7 de marzo de 1985 por la que se ratifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Jamón de Teruel» y de su Consejo Regulador.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 7 de marzo de 1985 por la que se ratifica el Reglamento de la Denominac ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 7 de marzo de 1985 ratifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Jamón de Teruel» y establece el Consejo Regulador para su gestión. 2. **CONTEXTO** La Orden fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 14 de marzo de 1985. Se emitió con el objetivo de formalizar y regular la producción del jamón de Teruel, un producto típico de la región de Aragón. Esta norma se enmarca en el marco de la protección de productos con denominación de origen, establecido por la legislación europea y nacional. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 7 de marzo de 1985 establece el Reglamento de la Denominación de Origen «Jamón de Teruel», que define los requisitos técnicos, los criterios de producción, la calidad, la presentación y la comercialización del producto. El Reglamento se basa en los principios de la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de noviembre de 1989, relativa a las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas, y en la normativa nacional vigente en materia de protección de productos. El Reglamento establece que el jamón de Teruel debe ser elaborado exclusivamente con carne de cerdo de raza Iberica, criado en la región de Teruel, y curtido en sal durante un mínimo de 18 meses. Además, se detalla el proceso de curación, la temperatura de almacenamiento, la presentación del producto y las condiciones de venta. El Consejo Regulador, creado por esta Orden, tiene como función supervisar la producción, garantizar la calidad del producto, velar por la protección de la denominación de origen y velar por el cumplimiento de las normas establecidas. El Consejo está compuesto por representantes de productores, industriales, técnicos y otros interesados, y su funcionamiento se rige por el Reglamento de la Denominación de Origen. La Orden también establece las normas de control y verificación de la calidad del producto, así como las sanciones que pueden aplicarse en caso de incumplimiento. Se menciona expresamente en el artículo 12 que «la producción y comercialización del jamón de Teruel se regirá por el presente Reglamento, y cualquier alteración de los términos de este se considerará como incumplimiento de la normativa de protección de la denominación de origen». Además, se establece que el Consejo Regulador debe elaborar un reglamento interno que detalle las funciones y procedimientos internos, y que se someta a la aprobación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1985 establece el marco legal para la protección de la denominación de origen «Jamón de Teruel». Establece requisitos técnicos, un Consejo Regulador y mecanismos de control. Es una norma clave para la protección del producto en el mercado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ratificación del Reglamento**: La Orden ratifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Jamón de Teruel». ⚠️ **Consejo Regulador**: Se establece un órgano encargado de supervisar la producción y garantizar la calidad. 📋 **Requisitos técnicos**: Se detallan condiciones específicas de producción, curación y presentación. ℹ️ **Protección legal**: La norma se basa en la Directiva Europea y en la legislación nacional. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 7 de marzo de 1985 - **Materias**: Denominación de Origen, Alimentación, Agricultura - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────