Orden de 25 de marzo de 1985 sobre promoción interna al Cuerpo de Inspectores de Finanzas del Estado.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 25 de marzo de 1985 sobre promoción interna al Cuerpo de Inspectores de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El presente orden establece las bases para la promoción interna al Cuerpo de Inspectores de Finanzas del Estado, definiendo los requisitos, pruebas y ventajas para los funcionarios que deseen acceder a dicho cuerpo mediante el sistema de promoción interna. 2. **CONTEXTO** El orden se emite en el marco de la reforma de la función pública, regulada por la Ley 30/1984, que establece la promoción interna como mecanismo para el ascenso de funcionarios entre cuerpos o escalas de grupos inferiores a superiores. La norma busca garantizar la movilidad interna y la formación continua de los funcionarios. La promoción interna se aplica a los funcionarios que reúnan ciertos requisitos y superen las pruebas establecidas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El orden ministerial de 25 de marzo de 1985 regula la promoción interna al Cuerpo de Inspectores de Finanzas del Estado, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. Este artículo establece que las Administraciones Públicas facilitarán la promoción interna, consistente en el ascenso desde cuerpos o escalas de grupo inferior a otras correspondientes de grupo superior, siempre que los funcionarios estén en posesión de la titulación exigida, reúnan los requisitos y superen las pruebas que establezca el Ministerio de la Presidencia. Además, se permite reservar hasta un 50 por 100 de las vacantes convocadas a estos funcionarios. El orden establece que para participar en las pruebas de acceso al Cuerpo de Inspectores de Finanzas del Estado por el sistema de promoción interna, los funcionarios deben estar en posesión de la titulación exigida para el Grupo A de la Ley 30/1984 (título licenciado, ingeniero o arquitecto), hallarse en situación de activo, servicios especiales, servicios en Comunidades Autónomas o supletario, y tener una antigüedad de tres años como funcionario de carrera en el Cuerpo de Gestión de la Hacienda Pública. Estos requisitos se establecen en el artículo 1 del orden. Los aspirantes que reúnan los requisitos del artículo anterior deberán superar las pruebas que, con carácter general, se establezcan para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Finanzas del Estado, a excepción del primer ejercicio, del que quedarán exentos. Este punto se desarrolla en el artículo 2 del orden. En cada convocatoria podrán reservarse hasta un 50 por 100 de las vacantes convocadas para los funcionarios que accedan a dicho cuerpo mediante el sistema de promoción interna, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 30/1984. Este contenido se recoge en el artículo 3 del orden. Los aspirantes procedentes del sistema de promoción interna que superen las pruebas correspondientes tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes de la respectiva convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de este turno. Este punto se establece en el artículo 4 del orden. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden regula la promoción interna al Cuerpo de Inspectores de Finanzas del Estado, estableciendo requisitos, pruebas y ventajas para los funcionarios que deseen acceder a dicho cuerpo. Se basa en la Ley 30/1984 y permite la reserva del 50% de las vacantes para los funcionarios que cumplan los requisitos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Requisitos para la promoción interna**: titulación, antigüedad, situación laboral. ⚠️ **Exención del primer ejercicio**: los aspirantes exentos no deben superar la primera prueba. 📋 **Reserva del 50% de las vacantes**: para funcionarios que accedan mediante promoción interna. ℹ️ **Preferencia en la convocatoria**: los aspirantes procedentes de promoción interna tienen ventaja sobre otros. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 25 de marzo de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 25 de marzo de 1985 - **Materias**: Función pública, promoción interna, carrera administrativa - **Relevancia**: ALTA - **Citas legales**: - Artículo 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. - Artículos 1, 2, 3 y 4 del Orden Ministerial de 25 de marzo de 1985. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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