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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 27 de marzo de 1985 por la que se autoriza la modificación de determinadas tarifas de la Compañía Telefónica Nacional de España.

BOE-A-1985-4975Publicada: 28/03/1985MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de marzo de 1985 por la que se autoriza la modificación de determina ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Ministerio, con aprobación del Consejo de Ministros, autoriza la modificación de determinadas tarifas de la Compañía Telefónica Nacional de España, incluyendo tarifas básicas y complementarias relacionadas con equipos, circuitos y servicios de teleinformática y transmisión de datos. 2. **CONTEXTO** La Compañía Telefónica Nacional de España presentó ante la Delegación del Gobierno una propuesta de modificación de tarifas telefónicas básicas y complementarias. Estas modificaciones fueron sometidas a consideración y aprobadas por la Delegación del Gobierno, así como informadas a la Junta Superior de Precios. El Ministerio autoriza estas modificaciones con la aprobación del Consejo de Ministros. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 27 de marzo de 1985 autoriza la modificación de tarifas telefónicas básicas y complementarias de la Compañía Telefónica Nacional de España. Esta autorización se basa en la aprobación del Consejo de Ministros en su reunión del día mencionado. La Compañía presentó la propuesta ante la Delegación del Gobierno, que la consideró y aprobó, así como informó a la Junta Superior de Precios. La Delegación del Gobierno ejerce facultades conferidas por los artículos 3 y 4 del Real Decreto 3332/1978, de 7 de diciembre, que le otorgan la capacidad de autorizar modificaciones tarifarias. Además, la Junta Superior de Precios se informó conforme a la base 19 del contrato de concesión y al artículo 5 del Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa de precios. Estos instrumentos legales establecen el marco legal para la regulación de tarifas en el sector telefónico. La Compañía Telefónica Nacional de España, como empresa concesionaria, tiene la obligación de cumplir con los términos del contrato de concesión, incluyendo la fijación y modificación de tarifas. La modificación de tarifas complementarias, como equipos, circuitos y servicios de teleinformática y transmisión de datos, se realiza bajo el control de la Delegación del Gobierno y la Junta Superior de Precios, garantizando la transparencia y el control público sobre los precios en el sector. La Orden Ministerial, al autorizar estas modificaciones, refleja el control estatal sobre la actividad económica y la regulación de servicios públicos. La autorización se da en el marco de la regulación de precios, que busca equilibrar los intereses de la empresa y los usuarios, garantizando la sostenibilidad económica del servicio y la protección del consumidor. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1985 autoriza modificaciones tarifarias de la Compañía Telefónica Nacional de España, bajo el control de la Delegación del Gobierno y la Junta Superior de Precios. La autorización se basa en el marco legal establecido por varios reales decretos, que regulan la fijación y modificación de tarifas en el sector telefónico. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de modificaciones tarifarias**: El Ministerio autoriza la modificación de tarifas básicas y complementarias de la Compañía Telefónica Nacional de España. ⚠️ **Control público**: La modificación de tarifas se realiza bajo el control de la Delegación del Gobierno y la Junta Superior de Precios. 📋 **Marco legal**: La autorización se basa en los artículos 3 y 4 del Real Decreto 3332/1978 y en el artículo 5 del Real Decreto 2695/1977. ℹ️ **Regulación de precios**: La modificación de tarifas se realiza conforme a la base 19 del contrato de concesión y a la normativa de precios vigente. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 27 de marzo de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 27 de marzo de 1985 - **Materias**: Regulación de precios, servicios públicos, telecomunicaciones - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: tarifas telefónicas, Compañía Telefónica Nacional de España, Delegación del Gobierno, Junta Superior de Precios, Real Decreto 3332/1978, Real Decreto 2695/1977 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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