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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 29 de marzo de 1985 de acceso, mediante promoción interna, a la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

BOE-A-1985-5517Publicada: 09/04/1985PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 29 de marzo de 1985 de acceso, mediante promoción interna, a la Escala ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El presente orden establece las bases para el acceso a la Escala de Técnicos Facultativos Superiores mediante promoción interna en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, detallando los requisitos, reservas y preferencias para los funcionarios que deseen participar en el proceso. 2. **CONTEXTO** El orden se emite en el marco de la reforma de la función pública, regulada por la Ley 30/1984, que establece la promoción interna como mecanismo para el ascenso de funcionarios. La norma busca facilitar el acceso a cuerpos superiores mediante la promoción interna, garantizando la continuidad y estabilidad en la administración pública. La norma se aplica a organismos autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El orden ministerial de 29 de marzo de 1985 regula el acceso a la Escala de Técnicos Facultativos Superiores mediante promoción interna en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Se basa en el artículo 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que establece que las administraciones públicas facilitarán la promoción interna, consistente en el ascenso desde cuerpos o escalas del grupo inferior a otras correspondientes del grupo superior, siempre que los funcionarios reúnan los requisitos exigidos. Según el artículo 22.1, se reservarán hasta un 50 por ciento de las vacantes convocadas para los funcionarios que accedan mediante promoción interna. El orden establece que, para participar en las pruebas de acceso, los funcionarios deberán estar en posesión de la titulación exigida para el ingreso en la Escala, hallarse en situación de activo, servicios especiales, servicios de comunidades autónomas o supletario, y tener una antigüedad de tres años como funcionario de carrera de alguno de los cuerpos o escalas relacionados en el texto. Los cuerpos y escalas contemplados incluyen a los ingenieros técnicos en especialidades agrícolas del Estado, inspectores de calidad del Servicio de Defensa contra Fraudes, monitores del Servicio de Extensión Agraria, ingenieros técnicos forestales, agentes de extensión agraria, plazas no escalafonadas del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o sus organismos autónomos del Grupo B de la Ley 30/1984, titulados de escuelas técnicas de grado medio de organismos autónomos del Ministerio, maestros de taller de los institutos politécnicos nacionales marítimo pesqueros, inspectores provinciales del Servicio Nacional de Productos Agrarios, diplomados contables del Servicio Nacional de Productos Agrarios y secretarios de primera categoría de cámaras agrarias. En el artículo 2, se establece que en cada convocatoria se reservará hasta un 50 por ciento de las vacantes para los funcionarios que accedan mediante promoción interna, de acuerdo con el artículo 22.1 de la Ley 30/1984. El artículo 3 establece que los aspirantes procedentes del sistema de promoción interna que superen las pruebas tendrán preferencia para cubrir las plazas vacantes de la convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de ese turno. Este orden se emite en Madrid, el 29 de marzo de 1985, firmado por Moscoso del Prado y Muñoz, con el objetivo de garantizar la continuidad y estabilidad en la administración pública, facilitando el acceso a cuerpos superiores mediante el sistema de promoción interna. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden regula el acceso a la Escala de Técnicos Facultativos Superiores mediante promoción interna, estableciendo requisitos, reservas y preferencias para los funcionarios. Se basa en la Ley 30/1984 y busca garantizar la continuidad en la administración pública. La norma establece que se reservarán hasta un 50 por ciento de las vacantes para los funcionarios que accedan mediante promoción interna. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Requisitos para la promoción interna**: Titulación, antigüedad, situación laboral. ⚠️ **Reserva del 50% de las vacantes**: Para funcionarios que accedan mediante promoción interna. 📋 **Cuerpos y escalas contemplados**: Ingenieros técnicos, inspectores, agentes, plazas no escalafonadas, etc. ℹ️ **Preferencia para los promovidos internamente**: En caso de superar las pruebas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 29 de marzo de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 29 de marzo de 1985 - **Materias**: Función pública, promoción interna, escalas de funcionarios - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: promoción interna, funcionarios, Escala de Técnicos Facultativos Superiores, Ley 30/1984 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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