Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 111/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

BOE-A-2022-2058Publicada: 09/02/2022MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una norma que modifica las reglas sobre autorizaciones para plantar y replantar viñedos de uva para vino. Adapta la legislación española a cambios que hizo la Unión Europea en 2021 para el sistema de autorizaciones de plantaciones de viña, principalmente para resolver problemas causados por la pandemia de COVID-19. **¿A quién afecta?** Afecta a los dueños de viñedos que tienen o tuvieron autorizaciones para plantar o replantar uvas de vino, especialmente aquellos que renunciaron a sus autorizaciones entre 2020 y 2021. También afecta a las comunidades autónomas, que deben informar al ministerio sobre cómo se aplica la norma. **¿Qué cambia o establece?** Extiende el plazo para usar autorizaciones de replantación de tres a seis años. Permite que quienes renunciaron a autorizaciones hasta el 28 de febrero de 2021 se retracten y las usen hasta el 31 de diciembre de 2022 sin penalización. Alarga la vigencia del sistema de autorizaciones de viña hasta 2045 (antes acababa antes). Actualiza la lista de variedades de uva autorizadas. Estos cambios rigen desde el 1 de enero de 2021 de forma retroactiva.

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta reforma, el sistema español de autorizaciones vitícolas (RD 1338/2018) operaba con plazos de replantación de tres años y cierre definitivo previsto para 2030, siguiendo el marco comunitario original. La Unión Europea, mediante directivas de 2021, flexibilizó estos plazos a seis años para compensar disrupciones por COVID-19 en el sector agrario, decisión que España tardó casi un año en transponer. El Real Decreto 111/2022 alinea la normativa española con estas directivas comunitarias, permitiendo retractación tardía de renuncias (hasta diciembre de 2022) sin penalizaciones y extendiendo el sistema hasta 2045. Esta reforma importa significativamente para viticultores afectados por cierres pandémicos: ofrece una segunda oportunidad legal para quienes perdieron autorizaciones por causas de fuerza mayor, homogenizando la protección legal de este sector en el mercado único europeo y evitando discriminación entre productores españoles y de otras CCAA.

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