Orden de 9 de mayo de 1985 por la que se delegan determinadas atribuciones en relación con la aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 9 de mayo de 1985 por la que se delegan determinadas atribuciones en re ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 9 de mayo de 1985 delega en el Secretario de Estado para la Administración Pública y en el Director General de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública ciertas facultades relacionadas con la resolución de opciones y compatibilidades en el sector público. **2. CONTEXTO** La Ley 53/1984, de 26 de diciembre, establece normas sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, complementa dichas normas en materia de compatibilidades en el sector público. Con la finalidad de garantizar eficacia y celeridad en la aplicación de dichas normas, se procede a la delegación de atribuciones en órganos directamente encargados de su aplicación. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 9 de mayo de 1985, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece una delegación de facultades en favor del Secretario de Estado para la Administración Pública y del Director General de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública. Esta delegación se fundamenta en el artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, que permite la delegación de funciones en determinadas materias. Según el texto de la Orden, el Secretario de Estado para la Administración Pública queda facultado para resolver las opciones ejercitadas por el personal al servicio de la Administración del Estado, en aplicación de las disposiciones transitorias de la Ley 53/1984. Además, el Director General de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública debe emitir informes sobre petición de compatibilidad en el sector público, cuando el segundo puesto sea de la Administración del Estado y deba resolverse en el ámbito de competencias de una comunidad autónoma o de una corporación local, a que se refiere el artículo 6.3 del Real Decreto 598/1985. La delegación establece que las resoluciones administrativas dictadas en virtud de esta delegación agotarán la vía administrativa, siendo susceptibles de recursos de reposición previo al contencioso-administrativo, ante el Ministerio correspondiente. Además, se establece que siempre que se haga uso de la delegación prevista en esta orden, debe hacerse constar expresamente en la resolución correspondiente. Se establece también que la delegación de competencias establecida en la presente orden no será obstáculo para que en cualquier momento se produzca la avocación de la resolución de los expedientes que se considere oportuno. Finalmente, la presente delegación entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1985 delega en órganos específicos la resolución de opciones y compatibilidades en el sector público. La delegación se fundamenta en la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y se complementa con el Real Decreto 598/1995. Las resoluciones dictadas bajo esta delegación agotan la vía administrativa y son susceptibles de recursos. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ Delegación de facultades en Secretario de Estado y Director General de Inspección. ⚠️ Resoluciones agotan vía administrativa y son susceptibles de recursos. 📋 Emisión de informes sobre compatibilidades en ámbito autonómico o local. ℹ️ Delegación entra en vigor al día de su publicación en el B.O.E. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 9 de mayo de 1985 - **Materias**: Incompatibilidades del personal, administración pública, compatibilidades - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────