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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 31 de mayo de 1985 por la que se definen el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas de suscripción, en relación con el Seguro de Viento Huracanado en Plátano, comprendido en el plan anual de Seguros Agrarios Combinados de 1985.

BOE-A-1985-10159Publicada: 04/06/1985MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 31 de mayo de 1985 por la que se definen el ámbito de aplicación, las c ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 31 de mayo de 1985 establece el ámbito de aplicación, condiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas de suscripción del Seguro de Viento Huracanado en Plátano, dentro del marco del Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados de 1985. 2. **CONTEXTO** La Orden fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 11 de junio de 1985. Se emitió en el marco del sistema de seguros agrarios combinados, diseñado para proteger a los agricultores contra riesgos climáticos. El Seguro de Viento Huracanado en Plátano fue incluido en el Plan Anual de 1985 como medida de protección contra daños derivados de eventos meteorológicos extremos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 31 de mayo de 1985 regula el Seguro de Viento Huracanado en Plátano, que forma parte del Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados de 1985. En el artículo 1, se define el ámbito de aplicación del seguro, limitándose a los cultivos de plátano en áreas específicas donde se registra un riesgo significativo de viento huracanado. En el artículo 2, se establecen las condiciones técnicas mínimas de cultivo, que incluyen la ubicación geográfica, la edad del cultivo, la densidad de plantación y la calidad del suelo. Estas condiciones son necesarias para garantizar la viabilidad del cultivo y la posibilidad de indemnización. En el artículo 3, se detallan los rendimientos mínimos que deben alcanzarse para que el cultivo sea considerado apto para la cobertura del seguro. Estos rendimientos se calculan en base a la producción promedio de la zona y se expresan en toneladas por hectárea. En el artículo 4, se establecen los precios de suscripción del seguro, que se calculan en función del valor de la producción esperada y del riesgo asociado al cultivo. En el artículo 5, se fijan las fechas de suscripción del seguro, que deben realizarse antes del inicio de la temporada de cultivo, con el fin de garantizar la protección desde el momento en que el cultivo está expuesto a riesgos. Además, se establece que el seguro se suscribe mediante un contrato entre el agricultor y la entidad aseguradora designada, y que este contrato debe cumplir con los requisitos legales establecidos en el Reglamento de Seguros Agrarios Combinados. En el artículo 6, se detallan las condiciones de pago de las primas, que se calculan en función del área cultivada y del valor de la producción esperada. Finalmente, en el artículo 7, se establecen las condiciones de indemnización, que se aplican en caso de daños causados por viento huracanado, y se detallan los criterios para la evaluación de los daños y la determinación del monto de la indemnización. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1985 establece un marco regulatorio para el Seguro de Viento Huracanado en Plátano, con condiciones técnicas, rendimientos mínimos, precios y fechas de suscripción. Es una norma específica dentro del sistema de seguros agrarios combinados. La norma busca proteger a los agricultores contra riesgos climáticos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ámbito de aplicación**: Limitado a cultivos de plátano en zonas con riesgo de viento huracanado. ⚠️ **Condiciones técnicas**: Requiere cumplimiento de parámetros como ubicación, densidad y calidad del suelo. 📋 **Rendimientos mínimos**: Establece un umbral para la elegibilidad del seguro. ℹ️ **Fechas de suscripción**: Deben realizarse antes del inicio de la temporada de cultivo. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 31 de mayo de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 31 de mayo de 1985 - **Materias**: Seguros agrarios, protección contra riesgos climáticos, agricultura - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Seguro de Viento Huracanado, Plátano, Seguros Agrarios Combinados, Plan Anual 1985, condiciones técnicas, indemnización ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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