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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1053/1985, de 25 de mayo, sobre ordenación de la estadística de las actuaciones de los Servicios contra Incendios y de Salvamento.

BOE-A-1985-12771Publicada: 03/07/1985Presidencia del Gobierno

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1053/1985, de 25 de mayo, sobre ordenación de la estadística de las ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1053/1985 establece la estadística oficial sobre las actuaciones de los Servicios contra Incendios y de Salvamento, integrada en el Plan General de Estadística del Ministerio del Interior. Establece obligaciones de información para titulares, arrendatarios y responsables de los servicios, y excluye la información sobre incendios forestales. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto se publicó en 1985 como respuesta a la necesidad de una estadística oficial para evaluar la eficacia de los medios de prevención contra incendios y salvamento. La norma fue informada favorablemente por el Consejo Superior de Estadística y aprobada tras deliberación del Consejo de Ministros. Su objetivo es garantizar la calidad, rapidez y seguridad de la recopilación y difusión de datos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1053/1985, de 25 de mayo, establece una normativa específica para la estadística oficial de las actuaciones de los Servicios contra Incendios y de Salvamento. La norma se fundamenta en la necesidad de contar con datos precisos para la investigación de causas de siniestros, la evaluación de la eficacia de medidas de prevención y la toma de decisiones en materia de seguridad. El Real Decreto establece que dicha estadística será elaborada de conformidad con lo dispuesto en el texto, y se integrará en el Plan General de Estadística del Ministerio del Interior. La información recogida incluirá todas las emergencias que motiven la intervención de los servicios, así como la información necesaria para la Comisión Permanente de las Condiciones de Protección contra Incendios en los Edificios y otros organismos de la Administración del Estado relacionados con la materia. Los titulares, arrendatarios u ocupantes de las edificaciones, locales o instalaciones en las que se haya desarrollado la actuación de los servicios están obligados a facilitar la información requerida, así como los responsables de los servicios y equipos mencionados. Esta obligación se establece en el artículo 5 del Real Decreto. La norma excluye la información relativa a incendios forestales, aunque el Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza deberá facilitar oportunamente a la Dirección General de Protección Civil las estadísticas que elabore sobre la materia. Además, se establecen disposiciones finales que regulan el desarrollo y aplicación del Real Decreto, así como el seguimiento y evaluación de su aplicación por la Comisión Nacional de Protección Civil. El Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El Real Decreto fue aprobado a propuesta de los Ministros del Interior, Economía y Hacienda y Administración Territorial, tras deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de mayo de 1985. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1053/1985 establece una estadística oficial para las actuaciones de los Servicios contra Incendios y de Salvamento, integrada en el Plan General de Estadística del Ministerio del Interior. Establece obligaciones de información y excluye la información sobre incendios forestales. La norma fue aprobada tras deliberación del Consejo de Ministros y entró en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Estadística oficial**: Se establece una estadística oficial para las actuaciones de los Servicios contra Incendios y de Salvamento. ⚠️ **Obligación de información**: Los titulares, arrendatarios y responsables de los servicios están obligados a facilitar la información requerida. 📋 **Exclusión de incendios forestales**: La norma excluye la información sobre incendios forestales, aunque el Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza deberá facilitar estadísticas sobre la materia. ℹ️ **Seguimiento y evaluación**: La Comisión Nacional de Protección Civil se encarga del seguimiento y evaluación de la aplicación del Real Decreto. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1053/1985 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 25 de mayo de 1985 - **Materias**: Estadística, protección contra incendios, salvamento, seguridad pública - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: estadística oficial, servicios contra incendios, salvamento, protección civil, seguridad pública ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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