ResoluciónNacionalvigente

Instrumento de ratificación del Convenio de Minamata sobre el Mercurio, hecho en Kumamoto el 10 de octubre de 2013.

BOE-A-2022-1422Publicada: 29/01/2022MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

[SKIP: texto>141829 chars]

💬 Contexto ciudadano

Antes de Minamata (2013), la regulación del mercurio era dispersa: directivas comunitarias como la 2002/95/CE (RoHS) limitaban sustancias peligrosas, pero faltaba un marco global vinculante. El Convenio representa el primer tratado ambiental internacional comprehensivo sobre mercurio, más ambicioso que regulaciones previas nacionales fragmentadas. La UE, a través de sus Estados miembro incluida España, ha ratificado Minamata y complementado su cumplimiento con normativa más restrictiva (Reglamento 2017/852), estableciendo prohibiciones más estrictas que el mínimo convencional. Mientras países desarrollados han ratificado mayoritariamente, naciones africanas y asiáticas presentan menor adherencia, creando brechas de control en origen de emisiones. Para ciudadanos españoles importa porque Minamata obliga reducción de mercurio en procesos industriales, límites en productos de consumo y minería artesanal, mejorando calidad ambiental y protección sanitaria, especialmente relevante dado consumo de pescado y exponibilidad ocupacional en sectores específicos.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →