Orden 41/1985, de 3 de julio, por la que se reestructura la Comisión Asesora de la Defensa sobre Armamento y Material (CADAM).
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden 41/1985, de 3 de julio, por la que se reestructura la Comisión Asesora de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden 41/1985, de 3 de julio, reestructura la Comisión Asesora de la Defensa sobre Armamento y Material (CADAM), modificando su organización, funciones y régimen de funcionamiento. **2. CONTEXTO** La CADAM fue creada mediante la Orden 73/1982, de 3 de mayo, con el objetivo de asesorar al Ministerio de Defensa en cuestiones de política industrial relacionadas con el armamento y material. Posteriormente, el Real Decreto 135/1984, de 25 de enero, reestructuró el Ministerio de Defensa, lo que motivó la necesidad de actualizar la estructura de la CADAM. Además, la constitución de asociaciones profesionales empresariales relacionadas con la defensa hizo necesario integrarlas en la CADAM para facilitar la comunicación entre el Ministerio y las empresas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden 41/1985, de 3 de julio, establece una nueva estructura y funciones para la Comisión Asesora de la Defensa sobre Armamento y Material (CADAM), con el objetivo de mejorar su eficacia y adaptarla a las necesidades del Ministerio de Defensa. La CADAM se convierte en un órgano colegiado dependiente organicamente de la Secretaría de Estado. Según el artículo 1, la CADAM es un órgano colegiado que depende de la Secretaría de Estado. El artículo 2 detalla las funciones principales de la CADAM, entre las que se incluyen: asesorar al Ministro de Defensa en cuestiones de política industrial, informar a las Fuerzas Armadas sobre la capacidad industrial nacional, informar a la industria pública y privada sobre las necesidades de armamento, material y servicios, y canalizar y analizar las sugerencias y propuestas recibidas. El artículo 3 establece que la CADAM debe velar por el cumplimiento de la normativa vigente sobre seguridad y protección de la información reservada, recabar información de los organismos del Ministerio de Defensa, y ejercer la gerencia de la Comisión, la jefatura de la Secretaría y las actividades encomendadas por el Presidente o Vicepresidente. El artículo 4 detalla la composición de la CADAM, que incluye al Presidente, Vicepresidente, Secretario General, y vocales, así como la incorporación de asociaciones profesionales empresariales relacionadas con la defensa. El artículo 5 establece que la CADAM se compone de un Presidente, Vicepresidente, Secretario General y vocales, y que se incorporan las asociaciones profesionales empresariales mencionadas. El artículo 6 establece que la CADAM se divide en un Pleno y una Comisión Permanente, con funciones específicas. El artículo 7 detalla las funciones de la Comisión Permanente, que incluyen la preparación del orden del día, la gestión de asuntos de su exclusiva competencia, y la coordinación con el Pleno. El artículo 8 establece que las reuniones del Pleno se celebrarán tantas veces como sea necesario, pero al menos una vez cada dos meses, y que las reuniones del Pleno irán precedidas de una reunión de la Comisión Permanente. El artículo 9 establece que la Comisión Permanente puede celebrar reuniones cuando sea necesario, sin que deba seguirse una reunión del Pleno. El artículo 10 establece que al entrar en vigor la presente Orden, quedan revocados todos los nombramientos de miembros de la CADAM, incluidos el Secretario General y los Presidentes, Secretarios, Gerentes y Vocales de los Grupos de Trabajo. El artículo 11 establece que la presente Orden, cuya aplicación no supondrá ningún incremento de gasto público, entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". El artículo 12 establece que continuará en la Dirección General de Armamento y Material el registro de empresas, tanto públicas como privadas, que estén relacionadas con la producción de armamento o material, o sean de interés para la defensa nacional, creado por la Orden 73/1982, de 3 de mayo. El artículo 13 establece que quedan derogadas en cuanto se opongan a la presente Orden las Ordenes número 73/1982, de 3 de mayo, por la que se creó la Comisión Asesora de la Defensa sobre Armamento y Material, y la número 134/1982, de 8 de octubre, por la que se modificó la anterior disposición. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden 41/1985 reestructura la CADAM para mejorar su eficacia y adaptarla a las necesidades del Ministerio de Defensa. Se modifican sus funciones, organización y régimen de funcionamiento, incorporando nuevas funciones y estructura. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Reestructuración de la CADAM**: Se modifica su organización y funciones para mejorar su eficacia. ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: Se derogaron las Ordenes 73/1982 y 134/1982 en cuanto se opongan a esta norma. 📋 **Incorporación de asociaciones empresariales**: Se permite la entrada de asociaciones profesionales empresariales relacionadas con la defensa. ℹ️ **Régimen de funcionamiento**: Se establecen reglas claras sobre la celebración de reuniones y la gestión de asuntos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 3 de julio de 1985 - **Materias**: Defensa, Armamento, Industria, Organización administrativa - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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