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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 10 de julio de 1985 por la que se modifican las condiciones de venta de los asfaltos en el ámbito del Monopolio de Petróleos.

BOE-A-1985-14032Publicada: 11/07/1985PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 10 de julio de 1985 por la que se modifican las condiciones de venta de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 10 de julio de 1985 establece nuevos precios de venta al público de los asfaltos y asfaltos fluidificados, modificando los fijados en 1983 debido a incrementos en costes de transporte, refino y cotización del dólar. 2. **CONTEXTO** Los precios de venta al público de los asfaltos y asfaltos fluidificados habían sido fijados por orden de la Presidencia del Gobierno en noviembre de 1983. Desde entonces, se habían producido aumentos significativos en los costes de transporte y refino, así como un alza en la cotización del dólar, lo que generó la necesidad de revisar dichos precios. La Orden fue aprobada tras la propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda y de Industria y Energía, y previa aprobación del Consejo de Ministros en su reunión del 10 de julio de 1985. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 10 de julio de 1985, publicada en el *Boletín Oficial del Estado*, modifica los precios de venta al público de los asfaltos y asfaltos fluidificados, estableciendo nuevos valores basados en los incrementos de costes y cotización del dólar. La norma se fundamenta en la Ley 45/1981, de 28 de diciembre, que otorga al Gobierno la facultad de fijar precios en determinadas materias. Según el texto, el precio ex refinería de los asfaltos a granel sobre depósito de factoría receptora aneja o buque-tanque será de 31.000 pesetas por tonelada. Además, el precio de los asfaltos en envases y el de los asfaltos fluidificados variará en el mismo porcentaje que el precio de los asfaltos a granel. El nuevo precio entrará en vigor a los sesenta días de la publicación de la orden. La norma fue firmada por Moscoso del Prado y Muñoz, en Madrid, el 10 de julio de 1985. La Orden se basa en la necesidad de adaptar los precios a los cambios económicos que han afectado el sector del petróleo y sus derivados. La fijación de precios se realiza en cumplimiento de la Ley 45/1981, que otorga al Estado la facultad de regular precios en determinadas materias, especialmente cuando existen variaciones significativas en los costes de producción o transporte. La norma establece que los precios de los asfaltos y sus derivados se ajustarán en función del incremento del precio ex refinería, lo que refleja una política de regulación económica en el ámbito del monopolio de petróleos. El texto de la Orden menciona explícitamente que el nuevo precio de los asfaltos y de los productos derivados entrará en vigor a los sesenta días de su publicación, lo que establece un plazo claro para la entrada en vigor de la norma. Esta disposición refleja una política de transparencia y previsibilidad en la regulación de precios, permitiendo a los operadores del sector ajustar sus operaciones en función de la nueva fijación. La norma también establece que los precios de los asfaltos en envases y los asfaltos fluidificados variarán en el mismo porcentaje que el precio de los asfaltos a granel, lo que implica una relación directa entre los precios de los productos derivados y el precio base. Esta medida busca mantener una coherencia en la fijación de precios dentro del sector, evitando desequilibrios entre los distintos productos. En resumen, la Orden de 1985 refleja una regulación económica basada en la necesidad de adaptar los precios a los cambios en los costes de producción y transporte, en un marco legal que otorga al Estado la facultad de fijar precios en determinadas materias. La norma establece un nuevo precio ex refinería, y una relación de variación entre los precios de los asfaltos a granel y los productos derivados, con una entrada en vigor programada para garantizar la estabilidad del mercado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1985 modifica los precios de los asfaltos y sus derivados debido a cambios en costes y cotización del dólar. Establece un nuevo precio ex refinería y una relación de variación entre los precios de los asfaltos a granel y los productos derivados. La norma entra en vigor sesenta días después de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de precios**: Se establecen nuevos precios de venta al público de los asfaltos y asfaltos fluidificados. ⚠️ **Aumento de costes**: Los incrementos en transporte, refino y cotización del dólar justifican la revisión de los precios. 📋 **Regulación legal**: La norma se basa en la Ley 45/1981, que otorga al Estado la facultad de fijar precios en determinadas materias. ℹ️ **Plazo de entrada en vigor**: El nuevo precio entra en vigor sesenta días después de la publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden de 10 de julio de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 10 de julio de 1985 - **Materias**: Precios de venta al público, asfaltos, regulación económica, monopolio de petróleos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: precios, asfaltos, refinería, transporte, cotización dólar, regulación económica ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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