Real Decreto 1209/1985, de 19 de junio, por el que se modifica parcialmente la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, se constituye el Instituto Nacional de promoción del Turismo y se suprimen ciertos Organismos autónomos adscritos al Departamento.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1209/1985, de 19 de junio, por el que se modifica parcialmente la e ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1209/1985 modifica la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, crea el Instituto Nacional de Promoción del Turismo y suprime ciertos organismos autónomos adscritos al Departamento. **2. CONTEXTO** El Real Decreto fue aprobado en el contexto de una reforma estructural del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, motivada por la necesidad de adaptar su organización a la evolución del sector de las comunicaciones y a la transferencia de competencias a las comunidades autónomas. Además, se ajusta a las previsiones de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 1984, que establece la reducción del gasto público. La reforma busca mejorar la eficacia y operatividad del Ministerio, especialmente en áreas como el turismo y las comunicaciones. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1209/1985, de 19 de junio, modifica parcialmente la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, con el objetivo de adaptarla a las nuevas realidades funcionales y a las exigencias de eficacia administrativa. En este sentido, se establece la creación de la Secretaría General de Comunicaciones, con rango de subsecretaría, encargada de la dirección general de los servicios postales y telegráficos, el establecimiento y desarrollo de las telecomunicaciones civiles, así como la tutela del Organismo Autónomo "Caja Postal de Ahorros". La Secretaría General de Comunicaciones depende de la estructura del Ministerio y se encarga de la dirección de dos Direcciones Generales: la Dirección General de Correos y Telégrafos y la Dirección General de Telecomunicaciones. Además, se establece la creación del Instituto Nacional de Promoción del Turismo, con el fin de replantear la operatividad del sector turístico en el contexto de la transferencia de competencias a las comunidades autónomas. El Real Decreto también prevé la supresión de ciertos organismos autónomos adscritos al Departamento, como el Instituto Español de Turismo y la Exposición, Congresos y Convenciones de España. En este sentido, se establece una plantilla de personal para cada uno de estos organismos, detallando la distribución de funcionarios y personal contratado en régimen de derecho administrativo y laboral. En el caso del Instituto Español de Turismo, se detalla la distribución de funcionarios del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, del Cuerpo de Interpretes-Informadores, del Cuerpo General Administrativo, así como del Cuerpo Administrativo a extinguir. Además, se incluyen personal contratado en régimen de colaboración temporal y en régimen laboral, con diferentes categorías y niveles de cualificación. En cuanto al Organismo Autónomo Exposiciones, Congresos y Convenciones de España, se establece una plantilla similar, con funcionarios del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, del Cuerpo General Administrativo, del Cuerpo de Interpretes-Informadores, así como del Cuerpo General Auxiliar. También se incluyen personal contratado en régimen laboral, con diferentes categorías y niveles de cualificación. En la parte final del Real Decreto, se incluyen anexos que detallan la plantilla de personal correspondiente a los organismos autónomos mencionados, con una distribución específica de funcionarios y personal contratado, lo que refleja la estructura orgánica de estos organismos y su adaptación a las nuevas normativas. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1209/1985 introduce una reforma estructural en el Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, con la creación del Instituto Nacional de Promoción del Turismo y la supresión de ciertos organismos autónomos. Se establece una nueva distribución de funciones y personal, con una plantilla detallada para cada organismo. La norma refleja una adaptación a las nuevas realidades funcionales y a las exigencias de eficacia administrativa. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación del Instituto Nacional de Promoción del Turismo**: Se establece como respuesta a la necesidad de replantear la operatividad del turismo tras la transferencia de competencias a las comunidades autónomas. ⚠️ **Supresión de organismos autónomos**: Se elimina el Instituto Español de Turismo y el Organismo Autónomo Exposiciones, Congresos y Convenciones de España, con una redistribución de funciones. 📋 **Distribución de personal**: Se detalla una plantilla específica de funcionarios y personal contratado en régimen de derecho administrativo y laboral, con categorías y niveles de cualificación. ℹ️ **Adaptación a la Ley de Presupuestos**: La reforma se alinea con las previsiones de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, que establece la reducción del gasto público. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1209/1985 - **Tipo**: Norma de organización - **Fecha**: 19 de junio de 1985 - **Materias**: Organización administrativa, turismo, comunicaciones, estructura ministerial - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────