Saltar al contenido principal
Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 25/1985, de 24 de julio, sobre varios suplementos de crédito por importe total de 1.800.000.000 pesetas para poder atender mayores obligaciones de las previstas en los créditos correspondientes del Presupuesto de gastos del Ministerio del Interior.

BOE-A-1985-16118Publicada: 01/08/1985JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Ley 25/1985, de 24 de julio, sobre varios suplementos de crédito por importe tot ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 25/1985 concede un crédito extraordinario de 1.800.000.000 pesetas al Organismo Autónomo "Dirección General de Tráfico" para financiar suplementos de crédito solicitados por el Ministerio del Interior, con el fin de cubrir gastos adicionales derivados de la reorganización de las fuerzas de orden público y otros incrementos de costos. **2. CONTEXTO** La Ley fue aprobada en el marco de una redistribución territorial y funcional de las Fuerzas de Orden Público, motivada por el Real Decreto 1376/1977 y la Orden del Ministerio del Interior de 17 de octubre de 1979. Esta reorganización generó un incremento significativo en los gastos de la Dirección General de Policía, especialmente por la creación de nuevas comisarías y centros policiales, así como por el aumento de indemnizaciones, costos de carburantes y gastos de equipos informáticos. Para hacer frente a esta insuficiencia presupuestaria, se necesitaba la concesión de un crédito extraordinario. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 25/1985, de 24 de julio de 1985, establece la concesión de un crédito extraordinario de 1.800.000.000 pesetas al Organismo Autónomo "Dirección General de Tráfico" para financiar suplementos de crédito solicitados por el Ministerio del Interior. El texto legal se estructura en cuatro artículos principales: - **Artículo 1º**: Se concede al Presupuesto de gastos del Estado, en la Sección 16, "Ministerio del Interior", Servicio 05, "Dirección de La Seguridad del Estado", los siguientes suplementos de crédito. La norma menciona la necesidad de estos suplementos como consecuencia de la reorganización territorial y funcional de las Fuerzas de Orden Público, lo que ha generado un incremento de gastos. El texto indica que estos suplementos deben ser financiados mediante transferencias del Organismo Autónomo "Dirección General de Tráfico" (Artículo 2º). - **Artículo 2º**: Establece que el mayor gasto público derivado de los suplementos de crédito mencionados en el artículo anterior será financiado con recursos que deberán arbitrarse mediante transferencia al Estado por el Organismo Autónomo "Dirección General de Tráfico". Esto refleja una transferencia de recursos desde el Organismo Autónomo al Estado, para cubrir los gastos adicionales. - **Artículo 3º**: Concede al Presupuesto de gastos del Organismo Autónomo "Dirección General de Tráfico", en el Programa 222.B, "Seguridad vial", Capítulo 4º, "Transferencias corrientes", artículo 40, "A la Administración del Estado", Concepto 401, "Para la financiación de varios suplementos de crédito solicitados a iniciativa del Ministerio del Interior", un crédito extraordinario por la cantidad de 1.800.000.000 pesetas. Este artículo detalla el destino específico del crédito y su vinculación con los suplementos de crédito solicitados. - **Artículo 4º**: Establece que el crédito concedido en el artículo anterior será financiado con los remanentes de Tesorería del propio Organismo Autónomo "Dirección General de Tráfico". Esto significa que el Organismo Autónomo utilizará sus propios recursos no comprometidos para financiar los suplementos de crédito solicitados. La Ley fue aprobada tras el informe favorable de la Dirección General de Presupuestos y el dictamen del Consejo de Estado, lo que refleja el cumplimiento de los trámites previos para la concesión de créditos extraordinarios. La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 24 de julio de 1985, y fue firmada por el Rey Juan Carlos I y el Presidente del Gobierno, Felipe González Marqués. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 25/1985 concede un crédito extraordinario al Organismo Autónomo "Dirección General de Tráfico" para financiar suplementos de crédito solicitados por el Ministerio del Interior. La norma se basa en la necesidad de cubrir gastos adicionales generados por la reorganización de las fuerzas de orden público y otros incrementos de costos. El crédito se financiará con los remanentes de Tesorería del propio Organismo Autónomo. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Concesión de crédito extraordinario**: Se concede un crédito de 1.800.000.000 pesetas al Organismo Autónomo "Dirección General de Tráfico" para financiar suplementos de crédito solicitados por el Ministerio del Interior. ⚠️ **Financiación con remanentes de Tesorería**: El crédito se financiará con los recursos no comprometidos del propio Organismo Autónomo, lo que refleja una transferencia interna de recursos. 📋 **Contexto de reorganización territorial**: La norma surge como consecuencia de la redistribución de las Fuerzas de Orden Público, lo que generó un incremento significativo en los gastos. ℹ️ **Trámites previos**: La Ley fue aprobada tras el informe favorable de la Dirección General de Presupuestos y el dictamen del Consejo de Estado, lo que garantiza su legalidad. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 25/1985 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 24 de julio de 1985 - **Materias**: Presupuesto, Financiación, Organismos Autónomos, Gastos públicos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: crédito extraordinario, Dirección General de Tráfico, Ministerio del Interior, presupuesto, gastos públicos, reorganización territorial ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →