Resolución de 30 de julio de 1985, del Fondo de Ordenación y Regulación de las Producciones y Precios Agrarios (FORPPA), por la que se hace pública la restitución a la exportación de cebada.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 30 de julio de 1985, del Fondo de Ordenación y Regulación de las P ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 30 de julio de 1985 del FORPPA establece la restitución a la exportación de cebada en 9.490 pesetas por tonelada métrica, vigente desde su publicación hasta su modificación. 2. **CONTEXTO** La Resolución fue aprobada por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos en reunión del 29 de julio de 1985. Se publicó en Madrid el 30 de julio de 1985. El texto establece una cuantía específica para la restitución a la exportación de cebada, independientemente del país de destino. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 30 de julio de 1985 del Fondo de Ordenación y Regulación de las Producciones y Precios Agrarios (FORPPA) establece una medida específica para la restitución a la exportación de cebada. Según el texto, se fija una cantidad de 9.490 pesetas por tonelada métrica, aplicable a cualquier destino internacional. Esta cantidad se establece como precio de referencia para la exportación, con la finalidad de regular el mercado y garantizar la competitividad de los productos agrarios españoles en el ámbito internacional. La medida se adopta mediante un acuerdo aprobado por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, que se reunía el día 29 de julio de 1985. El acuerdo establece que la cuantía de 9.490 pesetas por tonelada métrica será vigente desde la fecha de publicación del presente acuerdo hasta que sea modificada. La publicación del acuerdo se realiza en Madrid el 30 de julio de 1985, firmada por el Presidente del FORPPA, Julian Arevalo Arias. La Resolución tiene carácter normativo y se enmarca en el marco de regulación del sector agrario, con el objetivo de controlar los precios y la producción de productos agrarios, especialmente en un contexto de crisis económica o de fluctuación de los mercados internacionales. La restitución a la exportación se considera una herramienta para mantener la estabilidad en el sector agrícola y garantizar la rentabilidad de los productores. La norma no establece un régimen general de precios, sino que se limita a fijar una cantidad específica para la exportación de cebada, con la finalidad de regular la oferta y la demanda en el mercado internacional. Esta medida se aplica a todos los productos de cebada que se exporten, independientemente del país de destino, lo que refleja una política de intervención estatal en el sector agrícola. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece una medida específica para la exportación de cebada, fijando un precio de referencia. Es una norma de carácter normativo y regulador del sector agrícola. La medida se aplica a todos los productos de cebada exportados, independientemente del destino. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Restitución a la exportación de cebada**: Se fija un precio de 9.490 pesetas por tonelada métrica. ⚠️ **Vigencia**: La medida está vigente desde su publicación hasta su modificación. 📋 **Publicación**: Se publicó en Madrid el 30 de julio de 1985. ℹ️ **Autoridad**: Aprobada por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución del FORPPA - **Tipo**: Resolución ministerial - **Fecha**: 30 de julio de 1985 - **Materias**: Agricultura, comercio, precios, exportación - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: cebada, exportación, precios, FORPPA, agricultura, comercio internacional ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────