Orden de 29 de julio de 1985 por la que se abre un nuevo plazo de inscripción en el Registro Provisional de Explotaciones de Ganado Vacuno de Producción Lechera.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 29 de julio de 1985 por la que se abre un nuevo plazo de inscripción en ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 29 de julio de 1985 abre un nuevo plazo de inscripción en el Registro Provisional de Explotaciones de Ganado Vacuno de Producción Lechera, con el objetivo de permitir a los titulares de explotaciones ya instaladas participar en el sistema de registro y acceso al título oficial de granja de producción lechera. 2. **CONTEXTO** La Orden se emite en el marco del Reglamento Estructural de la Producción Lechera, aprobado por el Real Decreto 2166/1981. Este reglamento establece un registro provisional para explotaciones lecheras, con un plazo de inscripción que finalizó en 1984 tras múltiples prórrogas. Dada la necesidad de reestructuración del sector y la necesidad de dar opción a todos los interesados, se decide abrir nuevamente el plazo de inscripción. La norma busca garantizar que todas las explotaciones que deseen participar puedan hacerlo en base al marco legal vigente. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 29 de julio de 1985 establece un nuevo plazo de inscripción en el Registro Provisional de Explotaciones de Ganado Vacuno de Producción Lechera, conforme al artículo 3 del Real Decreto 2166/1981, de 3 de julio de 1981. Este artículo establece que todos los titulares de explotaciones de ganado vacuno de producción lechera pueden inscribirse en el registro provisional, con el fin de acceder al título oficial de granja de producción lechera. La Orden establece que el nuevo plazo de inscripción permanecerá abierto hasta que finalice el periodo de vigencia del Reglamento Estructural de la Producción Lechera. Además, se especifica que solo podrán ser inscritas las explotaciones ya instaladas y en funcionamiento con la finalidad de producción lechera en la fecha de entrada en vigor del Reglamento Estructural. El cambio de titularidad posterior a esa fecha no es impedimento para la inscripción en el registro provisional. La disposición entra en vigor el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". La norma se emite con la finalidad de garantizar que todos los titulares de explotaciones que deseen participar en el sistema puedan hacerlo, en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento Estructural de la Producción Lechera. En cuanto a la vigencia, la Orden se basa en el artículo 3 del Real Decreto 2166/1981, que establece la posibilidad de inscripción en el registro provisional. La norma también se alinea con el objetivo de reestructurar el sector lechero y facilitar el acceso al título oficial de granja de producción lechera. La norma se emite en un contexto de necesidad de reorganización del sector, con el fin de garantizar que todas las explotaciones que deseen participar puedan hacerlo en base a las normas vigentes. La Orden busca, por tanto, garantizar la continuidad del sistema de registro y el acceso al título oficial, en un marco legal establecido. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1985 abre un nuevo plazo de inscripción en el Registro Provisional de Explotaciones Lecheras, con el objetivo de permitir a los titulares ya instalados participar en el sistema. La norma se basa en el artículo 3 del Real Decreto 2166/1981 y busca garantizar la continuidad del sistema de registro y acceso al título oficial. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nueva apertura de plazo de inscripción**: Se abre un nuevo plazo de inscripción en el Registro Provisional de Explotaciones Lecheras. ⚠️ **Solo para explotaciones ya instaladas**: Solo podrán inscribirse las explotaciones ya instaladas y en funcionamiento con la finalidad lechera. 📋 **Cambio de titularidad no es impedimento**: El cambio de titularidad posterior a la fecha de entrada en vigor del Reglamento no es impedimento para la inscripción. ℹ️ **Vigencia del plazo**: El plazo permanecerá abierto hasta que finalice el periodo de vigencia del Reglamento Estructural de la Producción Lechera. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 29 de julio de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 29 de julio de 1985 - **Materias**: Ganadería lechera, registro provisional, titulación de granjas - **Relevancia**: ALTA - **Artículo citado**: Artículo 3 del Real Decreto 2166/1981, de 3 de julio de 1981 - **Párrafo citado**: "Todos los titulares de explotaciones de ganado vacuno de producción de leche que lo soliciten pueden inscribirlas en un registro provisional desde el que puedan acceder al título oficial de granja de producción lechera." **Palabras clave**: Registro Provisional, Explotaciones Lecheras, Titulación de Granjas, Real Decreto 2166/1981, Orden Ministerial 1985. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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