Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 1/2021, de 9 de julio, de modificación de la Ley 8/2015, de 28 de diciembre, de Radio Televisión Madrid.

BOE-A-2022-1191Publicada: 26/01/2022COMUNIDAD DE MADRID

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una ley que modifica cómo se elige a los miembros del Consejo de Administración de Radio Televisión Madrid y cómo se designa su Director General. Busca garantizar la independencia, neutralidad y objetividad de la televisión pública madrileña. **¿A quién afecta?** A Radio Televisión Madrid, a sus órganos de dirección y administración, y a los Grupos Parlamentarios de la Asamblea de Madrid que participan en la elección de sus líderes. Por extensión, afecta a los ciudadanos de Madrid como usuarios del servicio público. **¿Qué cambia o establece?** Los miembros del Consejo de Administración serán elegidos únicamente a partir de candidatos propuestos por los Grupos Parlamentarios, eliminando otras participaciones. El Director General tendrá un mandato de cuatro años no renovables. Si la Asamblea no elige nuevo Director General cuando termina el mandato anterior, el Gobierno nombra un Administrador Provisional temporal que debe ser ratificado por la Asamblea con mayoría de dos tercios en primera votación, o mayoría absoluta en segunda votación.

💬 Contexto ciudadano

La Ley 1/2021 representa una restricción del sistema de elección del Consejo de Administración de RTVM respecto al modelo anterior, concentrando la designación exclusivamente en candidatos de Grupos Parlamentarios, alineándose con la tendencia estatal e internacional de reforzar el control parlamentario sobre la televisión pública. Este enfoque es comparable al de otras CCAA como Cataluña o Galicia, aunque con variantes procedimentales; la Ley de la Corporación de Radio y Televisión Española (RTVE) nacional establece mecanismos análogos de designación parlamentaria, respondiendo a principios de la Directiva de Servicios Audiovisuales 2010/13/UE que exigen pluralismo e independencia editorial. Aunque la Comunidad de Madrid aprobó esta reforma en 2021, la novedad radica en los mandatos no renovables del Director General y el mecanismo de Administrador Provisional, que buscan evitar bloqueos. Para el ciudadano madrileño, esto importa porque pretende blindar RTVM frente a captura política partidista, garantizando que la televisión pública cumpla su función informativa neutral, aunque la efectividad de estas garantías depende de la aplicación práctica de la norma.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →