Real Decreto 1485/1985, de 28 de agosto, por el que se determina la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores y se suprime determinado Organismo autónomo del Departamento.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1485/1985, de 28 de agosto, por el que se determina la estructura o ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1485/1985 reorganiza la estructura del Ministerio de Asuntos Exteriores, suprime un Organismo Autónomo y crea nuevas secretarías para mejorar la coordinación y eficacia en la política exterior. 2. **CONTEXTO** España ha intensificado su proyección internacional en los últimos años, lo que exige una reforma del Ministerio de Asuntos Exteriores para hacer frente eficazmente a las tareas que le son encomendadas. La incorporación de España a las instituciones comunitarias europeas y la necesidad de coordinar la cooperación internacional han hecho indispensable la creación de nuevos órganos. La reforma busca transformar el Ministerio en un instrumento adecuado para llevar a cabo la acción exterior del país en el contexto actual. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1485/1985, de 28 de agosto de 1985, establece una nueva estructura orgánica del Ministerio de Asuntos Exteriores, con el objetivo de mejorar su eficacia en la política exterior. Se suprime un Organismo Autónomo del Departamento, y se crea nuevas secretarías para facilitar la coordinación de la acción exterior. La reforma se fundamenta en la necesidad de adaptar la estructura ministerial a la nueva realidad internacional, especialmente tras la incorporación de España a las instituciones comunitarias europeas. Según el texto, "las consecuencias, tanto de la incorporación de España a las instituciones comunitarias europeas como las derivadas de la necesidad de lograr un mayor grado de coordinación de la cooperación internacional y de armonizar la política internacional del Estado, hacen necesaria la creación de nuevos órganos que conviertan a este departamento en el instrumento idóneo para llevar a cabo la acción exterior que corresponde a nuestro país en el momento actual". Se amplía la estructura orgánica de la Secretaría de Estado para las Comunidades Europeas, que en adelante se denominará así, con el objetivo de convertirla en el medio adecuado para coordinar la acción de la Administración española en las instituciones comunitarias. El texto menciona que "con la idea de reforzar la eficacia de la Secretaría de Estado para las relaciones con las Comunidades Europeas... se amplia su estructura orgánica, en relación con la establecida por Real Decreto 629/1983, de 16 de febrero". Estas modificaciones reflejan la transformación del órgano de negociación a órgano de gestión, una vez superado el proceso de adhesión a las Comunidades Europeas. También se refuerza el área de cooperación mediante la creación de una Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica, que dependa de los centros directivos y organismos autónomos encargados de las relaciones culturales y económicas, así como de la cooperación científica y técnica. El objetivo es lograr una "eficaz cooperación con todos los pueblos de la tierra", tal y como refleja el preámbulo de la Constitución como expresión de la voluntad soberana de la nación española. Además, se establece que los órganos y estructuras existentes del Ministerio de Asuntos Exteriores continúan subsistiendo y manteniendo su adscripción orgánica hasta que se cumpla lo previsto en los artículos 85 y 89 de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre. En cuanto a los funcionarios y personal afectado por la reorganización, se garantiza que su situación administrativa se respete y que perciban integramente sus retribuciones hasta que se adopten las medidas de desarrollo del presente Real Decreto. En materia de bienes y derechos del Organismo Autónomo suprimido, se establece que el Ministerio de Economía y Hacienda, en el plazo de tres meses, afectará formalmente al Ministerio de Asuntos Exteriores los que resulten necesarios para el ejercicio de las funciones asumidas. En las disposiciones finales, se establece que el Ministro de Asuntos Exteriores dictará cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y cumplimiento del Real Decreto, previa aprobación de la Presidencia del Gobierno. Además, el Ministerio de Asuntos Exteriores, con el concurso de la Presidencia del Gobierno, procederá en el plazo de seis meses a promover las medidas necesarias para el perfeccionamiento de la actividad del departamento y de las entidades adscritas al mismo. Por último, se efectuarán las modificaciones presupuestarias precisas para el cumplimiento del Real Decreto, y se derogarán los Reales Decretos 629/1983, de 16 de febrero, y 1870/1984, de 26 de septiembre, así como cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto. El Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1485/1985 reorganiza el Ministerio de Asuntos Exteriores para mejorar su eficacia en la política exterior. Se crean nuevas secretarías y se suprime un Organismo Autónomo. La reforma refleja la necesidad de adaptar la estructura ministerial a la nueva realidad internacional. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Reorganización del Ministerio de Asuntos Exteriores**: Se crea una nueva estructura orgánica para mejorar la eficacia en la política exterior. ⚠️ **Supresión de un Organismo Autónomo**: Se elimina un órgano del Departamento para optimizar la gestión. 📋 **Creación de nuevas secretarías**: Se establecen secretarías para las Comunidades Europeas y para la Cooperación Internacional. ℹ️ **Derogación de disposiciones anteriores**: Se derogan varios Reales Decretos que se oponían a la nueva normativa. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de organización - **Fecha**: 28 de agosto de 1985 - **Materias**: Organización del Estado, política exterior, cooperación internacional - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Ministerio de Asuntos Exteriores, reorganización, cooperación internacional, Comunidades Europeas ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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