Corrección de errores de la Orden de 2 de agosto de 1985 por la que se establecen los precios del azúcar para la campaña 1985/1986.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 2 de agosto de 1985 por la que se establece ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores en la Orden de 2 de agosto de 1985, que establecía los precios del azúcar para la campaña 1985/1986. 2. **CONTEXTO** La Orden de 1985 establecía los precios de venta al por mayor y al por menor del azúcar para la campaña 1985/1986. Durante su redacción, se detectaron errores en la numeración de los artículos y en la redacción de algunos párrafos. Para corregir estos errores, se emitió una nueva norma que sustituye los errores sin alterar el contenido general de la Orden original. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma en cuestión, publicada como Orden Ministerial, corrige errores en la Orden de 2 de agosto de 1985, que establecía los precios del azúcar para la campaña 1985/1986. Se corrigen errores de numeración en los artículos y en la redacción de algunos párrafos. Según el texto de la norma, se modifica el artículo 1, párrafo 1, donde se mencionaba la campaña 1985/1986, y se corrige la redacción del artículo 2, párrafo 2, que establecía los precios de venta al por mayor y al por menor. La norma establece que los precios corregidos se aplicarán a partir de la fecha de publicación de la corrección. No se modifica el alcance general de la Orden original, solo se corrige la redacción y la numeración de los artículos. La norma no introduce nuevos elementos, sino que se limita a la corrección de errores previos. La corrección se realiza mediante la emisión de una nueva norma que sustituye los errores sin alterar el contenido esencial de la Orden original. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entra en vigor a partir de la fecha de su publicación. La norma no establece nuevas obligaciones ni derechos, sino que se limita a corregir errores previos en una norma ya vigente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en una Orden anterior sin alterar su contenido esencial. Se publica en el BOE y entra en vigor a partir de su fecha de publicación. No introduce nuevas obligaciones ni derechos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: La norma corrige errores en la redacción y numeración de la Orden de 1985. ⚠️ **No modificación de contenido**: No se altera el contenido general de la Orden original. 📋 **Publicación en BOE**: La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado. ℹ️ **Vigencia desde su publicación**: La corrección entra en vigor a partir de la fecha de su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: [Fecha de publicación, no especificada en el texto] - **Materias**: Precios del azúcar, corrección de errores, normativa económica - **Relevancia**: MEDIA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────