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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1568/1985, de 2 de septiembre, sobre modificación de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.

BOE-A-1985-18959Publicada: 05/09/1985PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1568/1985, de 2 de septiembre, sobre modificación de la Comisión De ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1568/1985 modifica la composición de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos al incorporar al Ministro de Asuntos Exteriores y al Secretario de Estado para las Comunidades Europeas, con el fin de adaptarla a la adhesión de España a las Comunidades Europeas. 2. **CONTEXTO** España se adhiere a las Comunidades Europeas en 1985, lo que implica una nueva dimensión en los asuntos económicos. La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos debe adaptarse a esta nueva realidad. Por ello, se modifica su composición para incluir funcionarios con competencias en temas europeos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1568/1985, de 2 de septiembre de 1985, establece modificaciones en la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, con el objetivo de integrar la dimensión europea en sus funciones. En virtud de la adhesión de España a las Comunidades Europeas, se añade una nueva dimensión a las funciones de dicha Comisión, que debe reflejarse en su composición mediante la incorporación del Ministro de Asuntos Exteriores y del Secretario de Estado para las Comunidades Europeas, cuando los temas que haya de conocer estén relacionados con dichas Comunidades. En su virtud, a propuesta del Ministro de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de septiembre de 1985, se dispone lo siguiente: **Artículo 1.** El Ministro de Asuntos Exteriores y el Secretario de Estado para las Comunidades Europeas formarán parte de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, cuando esta haya de tratar temas relacionados con las Comunidades Europeas. **Artículo 2.** El Secretario de Estado para las Comunidades Europeas informará a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de las actuaciones desarrolladas por la Comisión Interministerial creada por el Real Decreto 1567/1985, de 2 de septiembre, y confeccionará el orden del día de las cuestiones a que se refiere la letra D) del artículo 1 del citado Real Decreto. **Artículo 3.** El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". El Real Decreto se publica en Palma de Mallorca el 2 de septiembre de 1985, firmado por el Rey Juan Carlos, el Ministro de la Presidencia Javier Moscoso del Prado y Muñoz. Este Real Decreto refleja la necesidad de adaptar las estructuras gubernamentales a los nuevos desafíos derivados de la integración europea. La incorporación de los mencionados funcionarios en la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos permite una mejor coordinación y gestión de asuntos relacionados con las Comunidades Europeas. Además, el Secretario de Estado para las Comunidades Europeas tiene funciones de información y preparación de la agenda, lo que facilita una intervención más eficiente en temas europeos. La norma se basa en el principio de adaptación institucional a los cambios internacionales, lo cual es fundamental para garantizar la coherencia entre las políticas nacionales y europeas. La incorporación de nuevos miembros a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos refleja la importancia de la cooperación interministerial y la necesidad de especialización en temas de interés común. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1568/1985 modifica la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos para integrar la dimensión europea en sus funciones. Se incorporan nuevos miembros y se establecen nuevas funciones para el Secretario de Estado para las Comunidades Europeas. La norma refleja la adaptación institucional a la adhesión de España a las Comunidades Europeas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la Comisión Delegada**: Se incorporan el Ministro de Asuntos Exteriores y el Secretario de Estado para las Comunidades Europeas. ⚠️ **Nueva dimensión europea**: La adhesión a las Comunidades Europeas exige una adaptación de las funciones de la Comisión. 📋 **Funciones del Secretario de Estado**: Informar y confeccionar el orden del día de cuestiones europeas. ℹ️ **Vigencia**: El Real Decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de rango general - **Fecha**: 2 de septiembre de 1985 - **Materias**: Asuntos económicos, Comunidades Europeas, Comisión Delegada - **Relevancia**: ALTA - **Relevancia**: ALTA (por su importancia en la integración europea y en la adaptación institucional) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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