Real Decreto 1665/1985, de 30 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado al Principado de Asturias en materia de protección a la mujer.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1665/1985, de 30 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1665/1985 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre el traspaso de funciones y servicios relacionados con la protección a la mujer del Estado al Principado de Asturias, incluyendo instituciones, medios y recursos necesarios. **2. CONTEXTO** Este Real Decreto se emite en el marco de la transferencia de competencias del Estado al Principado de Asturias, según el Estatuto de Autonomía para Asturias. La transferencia se realiza en cumplimiento de la disposición transitoria cuarta del Estatuto, que establece la creación de la Comisión Mixta de Transferencias. El Real Decreto 1707/1982 regula el procedimiento y normas para dichas transferencias. El traspaso se efectúa en fecha 1 de enero de 1985. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1665/1985, de 30 de abril de 1985, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre el traspaso de funciones y servicios en materia de protección a la mujer del Estado al Principado de Asturias. El acuerdo fue adoptado en la reunión de la Comisión Mixta del día 27 de diciembre de 1984, y su aprobación fue necesaria para su efectividad. El traspaso se efectúa en cumplimiento de la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Asturias, que prevé la creación de dicha Comisión Mixta. El Real Decreto 1707/1982, de 24 de julio de 1982, establece las normas y procedimientos para la transferencia de funciones y servicios del Estado a las Comunidades Autónomas. Este Real Decreto 1665/1985 se fundamenta en dicha norma, que regula el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias. El Real Decreto 1665/1985 establece que el traspaso de funciones y servicios en materia de protección a la mujer se efectúa mediante el acuerdo de la Comisión Mixta, que incluye la transferencia de los servicios del Patronato de Protección a la Mujer, así como los bienes, derechos, obligaciones, personal y créditos presupuestarios correspondientes. El acuerdo se incluye como Anexo I del Real Decreto. En el Anexo II se recogen las disposiciones legales afectadas por la transferencia, entre ellas el Apartado B de la Ley de 20 de diciembre de 1952. El traspaso de funciones y servicios se efectúa a partir del 1 de enero de 1985. Durante sesenta días desde la publicación del Real Decreto, el Ministerio de Justicia (Patronato de Protección a la Mujer) seguirá asumiendo la gestión y pago de las obligaciones correspondientes a los capítulos I y II del presupuesto de gastos que sean exigibles en dicho periodo y correspondan a las funciones y servicios transferidos. La financiación de los servicios transferidos será objeto de regularización al cierre de cada ejercicio económico mediante la presentación de las cuentas y estados justificativos ante una comisión de liquidación, que se constituirá en el Ministerio de Economía y Hacienda. El inventario y entrega de la documentación y expedientes se realizará en el plazo de un mes a partir de la publicación del Real Decreto. La resolución de los expedientes que se hallen en tramitación se realizará de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 1707/1982. El Real Decreto fue expedido en Madrid a 22 de abril de 1985, y firmado por los secretarios de la Comisión Mixta, J.E.D.G. y F.E.G.R. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1665/1985 aprueba el traspaso de funciones y servicios en materia de protección a la mujer del Estado al Principado de Asturias. Este traspaso se efectúa en cumplimiento de la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Asturias y se regula mediante el Real Decreto 1707/1982. La transferencia se efectúa a partir del 1 de enero de 1985. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de funciones y servicios**: El Real Decreto aprueba el traspaso de funciones y servicios en materia de protección a la mujer del Estado al Principado de Asturias. ⚠️ **Regulación por normas previas**: El traspaso se regula mediante el Real Decreto 1707/1982, que establece el procedimiento y normas para las transferencias. 📋 **Efectividad del traspaso**: El traspaso tiene efectividad a partir del 1 de enero de 1985. ℹ️ **Documentación y expedientes**: El inventario y entrega de la documentación y expedientes se realizará en un mes desde la publicación del Real Decreto. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de transferencia - **Fecha**: 30 de abril de 1985 - **Materias**: Autonomía, protección a la mujer, transferencia de funciones - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────