Real Decreto 1615/1985, de 11 de septiembre, por el que se determina la estructura, composición y funcionamiento del Consejo Superior de Metrología.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1615/1985, de 11 de septiembre, por el que se determina la estructu ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1615/1985 crea y regula el Consejo Superior de Metrología, estableciendo su estructura, composición y funciones como órgano de asesoramiento y coordinación en materia de metrología científica, técnica, histórica y legal. **2. CONTEXTO** La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, establece la creación del Consejo Superior de Metrología como órgano superior de asesoramiento y coordinación en metrología. El Real Decreto 1615/1985, de 11 de septiembre, desarrolla esta norma, detallando su organización y funcionamiento. Este Real Decreto sustituye normativas anteriores, como los decretos de 1944 y 1980, que regulaban la Comisión de Pesas y Medidas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1615/1985, de 11 de septiembre, regula la creación y organización del Consejo Superior de Metrología, como órgano superior de asesoramiento y coordinación en materia de metrología. Según el punto 2 del artículo 11 de la Ley 3/1985, la estructura orgánica y funcional del Consejo se determina mediante Real Decreto. El Consejo Superior de Metrología se establece como órgano colegiado, dependiente de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, con funciones de asesoramiento y coordinación entre los distintos departamentos ministeriales en materia de metrología. En el artículo 2, se establece que el Consejo asesorará y coordinará las actividades de los departamentos ministeriales relacionadas con metrología, estableciendo los criterios básicos en el ámbito metroológico. Además, se establece que los departamentos ministeriales con competencias en materias relacionadas con metrología deberán informar periódicamente al Consejo, al menos una vez al año, sobre dichas materias. En el artículo 3, se establece que el Consejo impulsará el establecimiento de una parte de sus miembros para adoptar acuerdos válidamente. El funcionamiento del Consejo se regirá por la Ley de Procedimiento Administrativo. En el artículo 9, se establece que pueden convocarse a sesiones del Consejo, en calidad de asesores, un letrado del Servicio Jurídico del Estado en el Ministerio de la Presidencia y los jefes del Servicio del Centro Español de Metrologia designados por el Presidente. En el artículo 10, se establece que los dictámenes, informes o propuestas elaborados en el ejercicio de sus funciones por el Consejo Superior de Metrología serán elevados al Ministerio de la Presidencia por conducto de su Presidente. En la disposición derogatoria, se mencionan las normas que quedan derogadas, entre ellas los decretos de 1944 y 1980 que regulaban la Comisión de Pesas y Medidas. En la disposición final, se autoriza al Ministro de la Presidencia a dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de lo establecido en el presente Real Decreto. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1615/1985 establece la creación del Consejo Superior de Metrología como órgano colegiado de asesoramiento y coordinación en metrología. Regula su estructura, funciones y funcionamiento, sustituyendo normativas anteriores. Su aplicación se rige por la Ley de Procedimiento Administrativo. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación del Consejo Superior de Metrología**: Como órgano superior de asesoramiento y coordinación en metrología. ⚠️ **Función de coordinación**: El Consejo asesora y coordina actividades entre departamentos ministeriales. 📋 **Informes periódicos**: Los departamentos con competencias en metrología deben informar al Consejo al menos una vez al año. ℹ️ **Derogación de normativas anteriores**: Se sustituyen decretos anteriores que regulaban la Comisión de Pesas y Medidas. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 11 de septiembre de 1985 - **Materias**: Metrología, organización administrativa, coordinación interministerial - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Consejo Superior de Metrología, asesoramiento, coordinación, metrología, Real Decreto 1615/1985 **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────