Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 8 de noviembre de 1985 por la que se aprueba el pliego de condiciones generales para concesiones demaniales en las playas, zona marítimo-terrestre y mar territorial que se otorguen al amparo del artículo 10 de la Ley 28/1969, de 26 de abril, sobre Costas.

BOE-A-1985-23754Publicada: 19/11/1985MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 8 de noviembre de 1985 por la que se aprueba el pliego de condiciones g ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 8 de noviembre de 1985 aprueba un pliego de condiciones generales para concesiones demaniales en playas, zona marítimo-terrestre y mar territorial, adaptado a la normativa vigente sobre costas y a las características específicas de la extracción de áridos. **2. CONTEXTO** La Orden de 25 de febrero de 1970 establecía un pliego de condiciones para concesiones demaniales en puertos, playas y zonas marítimo-terrestre. Sin embargo, tras la promulgación del Reglamento para la ejecución de la Ley de Costas en 1980, se hizo necesario actualizar el pliego para alinearlo con las normas vigentes. Además, las características particulares de la extracción de áridos exigían un tratamiento individualizado. En este contexto, el Ministerio aprobó una nueva norma que sustituye y mejora la anterior. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 8 de noviembre de 1985 establece un pliego de condiciones generales para concesiones demaniales en playas, zona marítimo-terrestre y mar territorial, otorgadas bajo el amparo del artículo 10 de la Ley 28/1969 de 26 de abril sobre Costas. El pliego se adapta a la normativa vigente, incluyendo el Reglamento de ejecución de la Ley de Costas aprobado por Real Decreto 1088/1980 de 23 de mayo. El pliego establece que la concesión no implica ceder el dominio público ni las facultades dominicales del Estado, y se otorga bajo la vigencia de la Ley de Costas y su reglamento. Además, se deja a salvo los derechos particulares y sin perjuicio de terceros. La concesión se otorga por un plazo determinado, según las condiciones generales del pliego. En cuanto a las obligaciones del concesionario, se establece que debe cumplir con las condiciones establecidas, incluyendo la constitución de fianza definitiva, el pago de canon por metro cúbico extraído, y la realización de los trabajos según el proyecto aprobado. Se detalla el volumen máximo diario autorizado, el destino de los áridos extraídos, y el tiempo hábil para las extracciones. También se establecen medidas de control y ejecución, como la posibilidad de que la Administración ejecute subsidiariamente las acciones ordenadas si el concesionario no las lleva a cabo. Los gastos derivados de dicha ejecución recaen en el concesionario. En caso de impago, se aplicará el procedimiento de apremio según el Reglamento General de Recaudación. El pliego incluye condiciones particulares y prescripciones técnicas, que se adaptan a cada caso concreto, y que pueden incluir causas de caducidad relacionadas con la ejecución de los trabajos. Estas condiciones se refieren tanto al proyecto como a la ejecución de los trabajos, y su modificación o definición puede dar lugar a nuevas causas de caducidad. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1985 establece un pliego de condiciones para concesiones demaniales en zonas costeras, adaptado a la normativa vigente. Establece obligaciones claras para el concesionario, incluyendo pago de canon, cumplimiento de condiciones técnicas y responsabilidad por incumplimiento. La norma se actualiza tras la promulgación del Reglamento de Costas de 1980. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Adaptación normativa**: El pliego se actualiza tras la promulgación del Reglamento de Costas de 1980. ⚠️ **Características específicas**: La extracción de áridos requiere un tratamiento individualizado. 📋 **Condiciones claras**: Se detallan obligaciones como pago de canon, constitución de fianza y cumplimiento de condiciones técnicas. ℹ️ **Ejecución subsidiaria**: La Administración puede actuar si el concesionario no cumple con sus obligaciones. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 8 de noviembre de 1985 - **Materias**: Costas, concesiones demaniales, extracción de áridos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: concesiones demaniales, costas, extracción de áridos, Reglamento de Costas, canon, fianza, obligaciones del concesionario, ejecución subsidiaria, normativa costera. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →