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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2126/1985, de 30 de octubre, por el que se establecen créditos para la compra de cereales de otoño-invierno por los ganaderos, complementando lo dispuesto en el Real Decreto 367/1985, de 6 de marzo, regulador de la campaña de comercialización de cereales 1985/86.

BOE-A-1985-23449Publicada: 15/11/1985PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2126/1985, de 30 de octubre, por el que se establecen créditos para ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2126/1985 establece un nuevo plazo para la solicitud de créditos a ganaderos para la compra de cereales de otoño-invierno, adaptándose a la situación de sequía que afecta a las explotaciones ganaderas y modificando condiciones de acceso y tipos de interés. 2. **CONTEXTO** La sequía prolongada ha alterado los planes de los ganaderos, incrementando su demanda de cereales. Para mitigar las consecuencias económicas, se busca facilitar el acceso a créditos previstos en la campaña cerealista. El Real Decreto 367/1985 ya establecía dichos créditos, pero se requiere una adaptación a la situación actual. Por ello, se modifica el plazo de solicitud, se elimina ciertos condicionantes y se establecen nuevos tipos de interés. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2126/1985, de 30 de octubre de 1985, complementa el sistema de concesión de créditos a ganaderos previsto en el Real Decreto 367/1985, de 6 de marzo. El objetivo es facilitar el acceso a créditos para la compra de cereales de otoño-invierno en un contexto de sequía que ha afectado a las explotaciones ganaderas. En concreto, el Real Decreto establece que desde su entrada en vigor hasta el 15 de enero de 1986, los ganaderos y sus agrupaciones podrán solicitar créditos de hasta el 70 por 100 del valor de los cereales de otoño-invierno que adquieran para su consumo. Esto se realiza mediante las Instituciones financieras concertadas con el FORPPA. Los límites máximo y mínimo de los cereales objeto del crédito se establecen en el artículo 6.º, apartados 1 y 2, del Real Decreto 367/1985. Sin embargo, para los ganaderos que ya han concertado créditos, el límite máximo se incrementa en un 20 por 100. En cuanto a los intereses, los créditos devengarán un interés del 12 por 100 para los ganaderos individuales y del 10 por 100 para las agrupaciones. El FORPPA subvencionará el diferencial de intereses entre el tipo pactado con las Instituciones financieras y los señalados en el párrafo anterior. Los créditos deberán cancelarse antes del 31 de mayo de 1986. Además, se faculta al FORPPA para dictar las instrucciones necesarias para el desarrollo del presente Real Decreto, que entrará en vigor el día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". El Real Decreto fue aprobado a propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda y de Agricultura, Pesca y Alimentación, y previo acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de octubre de 1985. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2126/1985 modifica el sistema de concesión de créditos a ganaderos para la compra de cereales de otoño-invierno, adaptándose a la situación de sequía. Se establecen nuevos plazos, límites y tipos de interés, con subvención del diferencial por parte del FORPPA. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Adaptación a la sequía**: El Real Decreto se adopta para atender la situación de sequía que afecta a las explotaciones ganaderas. ⚠️ **Modificaciones a los créditos**: Se modifica el plazo de solicitud, se elimina condicionantes y se establecen nuevos tipos de interés. 📋 **Subvención del diferencial**: El FORPPA subvenciona el diferencial entre el tipo de interés pactado y el establecido. ℹ️ **Plazo de cancelación**: Los créditos deberán cancelarse antes del 31 de mayo de 1986. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 2126/1985 - **Tipo**: Decreto - **Fecha**: 30 de octubre de 1985 - **Materias**: Agricultura, ganadería, créditos, subvenciones, sequía - **Relevancia**: ALTA El Real Decreto 2126/1985 es relevante por su impacto en la gestión de recursos en situaciones de crisis climática y por la regulación de créditos en el sector agropecuario. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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