Real Decreto 2070/1985, de 6 de noviembre, sobre determinación de la cuantía de los efectivos del contingente anual a incorporar a la situación de actividad del Servicio Militar en 1986.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2070/1985, de 6 de noviembre, sobre determinación de la cuantía de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2070/1985 establece la cuantía del contingente anual de efectivos a incorporar a las Fuerzas Armadas en 1986, detallando su distribución entre voluntarios y mozos del Servicio Obligatorio. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto fue aprobado en el marco del sistema de Servicio Militar en España, regulado por la Ley 19/1984. Fue promulgado tras la deliberación del Consejo de Ministros del 6 de noviembre de 1985, a propuesta del Ministro de Defensa. El objetivo era definir el número de efectivos que se incorporarían a las Fuerzas Armadas durante el año 1986. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2070/1985, de 6 de noviembre de 1985, regula la determinación de la cuantía del contingente anual de efectivos a incorporar a las Fuerzas Armadas para el servicio en filas en el año 1986. Este Real Decreto se fundamenta en la aplicación del artículo 14 de la Ley 19/1984, de 8 de junio, del Servicio Militar, y en la propuesta del Ministro de Defensa, tras la deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de noviembre de 1985. En el artículo 1, se establece que la cuantía de los efectivos a incorporar durante el año 1986 será de 237.246 mozos. Estos efectivos se cubrirán mediante la incorporación a los Ejércitos de 36.642 voluntarios normales y de 200.604 mozos del Servicio Obligatorio. En el artículo 2, se establece que el Ministro de Defensa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 19/1984, efectuará la distribución de este contingente anual entre el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire. Finalmente, en el artículo 3, se establece que el presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". Este Real Decreto refleja la estructura legal del sistema de Servicio Militar en España, en la que el Ministerio de Defensa tiene la responsabilidad de determinar y distribuir el contingente anual de efectivos, siguiendo las normas establecidas en la Ley 19/1984. La cuantía del contingente se divide en dos categorías: voluntarios normales y mozos del Servicio Obligatorio, lo que refleja la distinción entre incorporaciones voluntarias y obligatorias en el sistema militar español. La norma establece un marco claro y cuantitativo para la incorporación de efectivos, lo que permite una planificación y organización eficiente de las Fuerzas Armadas. La distribución del contingente entre los tres ejércitos se deja a la discreción del Ministro de Defensa, lo que refleja la centralización del poder en materia de defensa y organización militar. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2070/1985 establece el número de efectivos a incorporar a las Fuerzas Armadas en 1986, divididos en voluntarios y mozos del Servicio Obligatorio. El Ministro de Defensa se encarga de su distribución entre los ejércitos. El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Cuantía del contingente**: 237.246 mozos para el año 1986. ⚠️ **Distribución**: 36.642 voluntarios normales y 200.604 mozos del Servicio Obligatorio. 📋 **Responsabilidad**: El Ministro de Defensa distribuye el contingente entre los ejércitos. ℹ️ **Vigencia**: Entró en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 2070/1985 - **Tipo**: Norma de aplicación - **Fecha**: 6 de noviembre de 1985 - **Materias**: Servicio Militar, Fuerzas Armadas, Contingente Anual - **Relevancia**: ALTA Palabras: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────