Real Decreto 2051/1985, de 9 de octubre, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de protección de menores.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2051/1985, de 9 de octubre, sobre ampliación de medios adscritos a ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2051/1985, de 9 de octubre, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre la ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de protección de menores. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1070/1984, de 8 de febrero, traspasó a la Comunidad Autónoma de Aragón funciones y servicios de protección de menores, junto con medios personales, materiales y presupuestarios. El Real Decreto 3991/1982, de 29 de diciembre, estableció las normas y procedimientos para las transferencias de funciones del Estado a la Comunidad Autónoma. Conforme a estas normas, la Comisión Mixta de Transferencias, prevista en la disposición transitoria sexta del Estatuto de Autonomía de Aragón, consideró necesario completar los medios personales y presupuestarios adscritos a los servicios traspasados. En consecuencia, se adoptó un acuerdo el 20 de septiembre de 1985, que fue aprobado por el Gobierno mediante este Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2051/1985, de 9 de octubre, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre la ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de protección de menores. Este acuerdo fue adoptado en sesión del 20 de septiembre de 1985, en cumplimiento de la disposición transitoria sexta del Estatuto de Autonomía de Aragón. El Real Decreto 1070/1984, de 8 de febrero, había traspasado a la Comunidad Autónoma de Aragón funciones y servicios de protección de menores, junto con los medios personales, materiales y presupuestarios correspondientes. El Real Decreto 3991/1982, de 29 de diciembre, estableció las normas y el procedimiento a que deben ajustarse las transferencias de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma. Conforme a dichas normas, la Comisión Mixta de Transferencias, prevista en la disposición transitoria sexta del Estatuto de Autonomía de Aragón, consideró necesario completar los medios personales y presupuestarios adscritos a los servicios traspasados. En consecuencia, se adoptó el acuerdo mencionado, cuya virtualidad práctica exige su aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto. El Real Decreto 2051/1985 establece que, en consecuencia, quedan traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón el personal y los créditos presupuestarios que figuran en las relaciones números 1 y 2 adjuntas al propio acuerdo de la Comisión Mixta, que se incluye como anexo del presente Real Decreto. Los puestos de trabajo vacantes que se traspasan son los que se detallan en la relación adjunta número 1, con indicación de su categoría y dotación presupuestaria correspondiente. En cuanto a la valoración definitiva de las cargas financieras correspondientes a la ampliación de medios, el coste efectivo, según la liquidación del presupuesto de gastos para 1984, se eleva con carácter definitivo a 74.747 miles de pesetas, según detalle que figura en la relación 2.1. La financiación, en pesetas de 1985, que corresponde al coste efectivo anual de la ampliación de medios se detalla en la relación 2.2. Transitoriamente, hasta que el coste efectivo se compute para determinar el porcentaje de participación de la Comunidad Autónoma en los ingresos del Estado, de los créditos relativos a los distintos componentes del coste efectivo, por los importes que se indican, susceptibles de actualización los mecanismos generales previstos en cada ley de presupuestos del Estado. Las posibles diferencias que se produzcan durante el periodo transitorio, a que se refiere el párrafo anterior, respecto a la financiación de los servicios transferidos, serán objeto de regularización al cierre de cada ejercicio económico mediante la presentación de las cuentas y estados justificativos correspondientes ante una comisión de liquidación, que se constituirá en el Ministerio de Economía y Hacienda. La fecha de efectividad de la ampliación de medios es el 1 de enero de 1985. El traspaso del personal, así como los créditos presupuestarios correspondientes a la ampliación, a los cuales se hace referencia en este acuerdo, tendrá efectividad a partir de dicha fecha. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2051/1985 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre la ampliación de medios en materia de protección de menores en la Comunidad Autónoma de Aragón. Se traspasan el personal y los créditos presupuestarios correspondientes, con efectividad a partir del 1 de enero de 1985. La financiación de los medios se regula con mecanismos transitorios y de actualización. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación de medios**: Se amplían los medios personales y presupuestarios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de protección de menores. ⚠️ **Financiación transitoria**: La financiación de los medios se regula con mecanismos transitorios y susceptibles de actualización. 📋 **Efectividad**: El traspaso del personal y los créditos presupuestarios tiene efectividad a partir del 1 de enero de 1985. ℹ️ **Comisión de liquidación**: Se establece una comisión de liquidación en el Ministerio de Economía y Hacienda para regularizar las diferencias en la financiación. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Normativa de traspaso de funciones - **Fecha**: 9 de octubre de 1985 - **Materias**: Protección de menores, transferencia de funciones, presupuesto, autonomía - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 2051/1985, Comisión Mixta de Transferencias, protección de menores, traspaso de funciones, presupuesto, autonomía de Aragón. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. 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