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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2261/1985, de 23 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 2492/1983, de 29 de junio, ampliando la autorización de suministro de nitrato amónico de «grado explosivo».

BOE-A-1985-25485Publicada: 06/12/1985PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2261/1985, de 23 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2261/1985 modifica el Real Decreto 2492/1983, ampliando la autorización de suministro de nitrato amónico de «grado explosivo» a empresas que necesiten utilizar este producto en la fabricación de productos químicos, siempre que obtengan autorización previa del Ministerio de Industria y Energía. **2. CONTEXTO** Durante la aplicación del Real Decreto 2492/1983, se observó que las restricciones en los artículos 6 y 10 limitaban el suministro de nitrato amónico «grado explosivo» solo a empresas dedicadas a la fabricación de mezclas explosivas. Esto generó dificultades en la provisión de nitrato amónico de alto contenido en nitrógeno a fábricas de productos químicos que lo utilizaban. Por ello, se consideró necesario ampliar la autorización de suministro a otras empresas que requirieran su uso en la producción de productos químicos, siempre que obtuvieran la autorización correspondiente. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2261/1985, de 23 de octubre de 1985, modifica el Real Decreto 2492/1983, de 29 de junio, con el objetivo de ampliar la autorización de suministro de nitrato amónico de «grado explosivo». La modificación se realiza mediante la redacción de los artículos 6 y 10 del Real Decreto 2492/1983, según se detalla en el artículo único del nuevo Real Decreto. En concreto, el artículo 6 del Real Decreto 2492/1983 se modifica para permitir que los fabricantes de nitrato amónico de «grado explosivo» puedan suministrar este producto no solo a empresas autorizadas para fabricar mezclas explosivas, sino también a empresas que necesiten utilizarlo en la fabricación de productos químicos, siempre que obtengan autorización previa del Ministerio de Industria y Energía. Esto se refleja en el texto: *«Los fabricantes de nitrato amónico de «grado explosivo» podrán suministrar este producto a aquellas Empresas que se encuentren debidamente autorizadas para fabricar mezcla explosiva de nitrato amónico y aceite mineral u otras mezclas explosivas. Igualmente podrán suministrarlo a las Empresas que lo necesiten para la fabricación de productos químicos y que, previa acreditación de su necesidad, obtengan autorización del Ministerio de Industria y Energía para su utilización.»* Además, el artículo 10 del Real Decreto 2492/1983 se modifica para establecer que la importación de nitrato amónico de «grado explosivo» será autorizada por el Ministerio de Economía y Hacienda, tras recibir informes favorables de la Junta Interministerial reguladora del Comercio Exterior de Armas y Explosivos y de los Ministerios del Interior e Industria y Energía. La autorización se comunica a la Dirección General de la Guardia Civil, y el nitrato amónico importado solo podrá destinarse a empresas autorizadas según el artículo 6. El Real Decreto también establece que los fabricantes que utilicen el nitrato amónico de «grado explosivo» deberán llevar un estado diario de las cantidades recibidas, consumidas y en existencia, con indicación de la identidad del suministrador, si es pertinente. Estos datos se registran en un libro oficial, foliado y sellado por la Intervención de Armas de la residencia del fabricante. Mensualmente, los fabricantes remiten un parte resumen a las unidades correspondientes de los Gobiernos Civiles e Intervenciones de Armas de la Guardia Civil, que será una copia exacta de los asientos del libro oficial. La modificación se realiza previo dictamen favorable de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, a propuesta de los Ministros de Interior y de Industria y Energía, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de octubre de 1985. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2261/1985 modifica el Real Decreto 2492/1983 para ampliar la autorización de suministro de nitrato amónico de «grado explosivo» a empresas que necesiten su uso en la fabricación de productos químicos. Esta modificación busca resolver dificultades en el suministro de este producto a ciertas fábricas. La norma establece requisitos de autorización y control de uso. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación de autorización**: Se permite el suministro de nitrato amónico de «grado explosivo» a empresas que necesiten su uso en la fabricación de productos químicos, siempre que obtengan autorización del Ministerio de Industria y Energía. ⚠️ **Control de uso**: Los fabricantes deben llevar un registro diario de las cantidades recibidas, consumidas y en existencia, y remitir un parte resumen mensual a las autoridades competentes. 📋 **Autorización previa**: La importación del nitrato amónico de «grado explosivo» requiere autorización del Ministerio de Economía y Hacienda, tras informes favorables de organismos interministeriales. ℹ️ **Responsabilidad**: El importador será responsable en caso de infracción de la normativa aplicable, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercitar. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 2261/1985 - **Tipo**: Modificación de norma - **Fecha**: 23 de octubre de 1985 - **Materias**: Control de explosivos, seguridad industrial, productos químicos - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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