Real Decreto 2313/1985, de 8 de noviembre, por el que se establece la sujeción a especificaciones técnicas de las células y módulos fotovoltaicos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2313/1985, de 8 de noviembre, por el que se establece la sujeción a ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2313/1985 establece que las células y módulos fotovoltaicos deben cumplir con especificaciones técnicas obligatorias, y se someten a homologación de tipo o modelo, certificación de conformidad y control de producción. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 2584/1981, de 18 de septiembre, establece que la obligatoriedad de la normativa se justifica por la defensa de los intereses económicos del usuario y la seguridad de los mismos. En este contexto, las células y módulos fotovoltaicos pueden perjudicar los intereses económicos y suponer riesgos para la seguridad si no cumplen con estándares mínimos. Por ello, es necesario establecer una normativa obligatoria, así como la homologación de los tipos o modelos y el control de producción, según lo previsto en el Real Decreto 2584/1981. En virtud de ello, el Ministerio de Industria y Energía, con la aprobación del Consejo de Ministros, emite el Real Decreto 2313/1985. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2313/1985, de 8 de noviembre de 1985, establece que las células y módulos fotovoltaicos deben cumplir con especificaciones técnicas obligatorias, según el Anexo del Real Decreto. Estas especificaciones técnicas son de obligada observancia, lo que significa que su cumplimiento es indispensable para la comercialización y uso de dichos productos. El Real Decreto 2584/1981, de 18 de septiembre, establece en el Capítulo 4, apartado 4.1.3, que la declaración de obligatoriedad de la normativa se considerará justificada tanto por la defensa de los intereses económicos del usuario o consumidor como por la propia seguridad de los mismos. En este sentido, las células y módulos fotovoltaicos, al ser productos que pueden afectar los intereses económicos de los usuarios y consumidores y suponer riesgos para su seguridad si no cumplen con estándares mínimos, requieren la aplicación de una normativa obligatoria. El Real Decreto 2313/1985 establece que los productos mencionados, tanto de fabricación nacional como importados, quedan sometidos a la homologación de tipo o modelo y a la certificación de la conformidad de la producción con el modelo homologado, siguiendo lo establecido en el Reglamento General de Actuaciones del Ministerio de Industria y Energía, aprobado por el Real Decreto 2584/1981. Además, se prohíbe la fabricación, venta, importación y instalación de paneles fotovoltaicos construidos con dispositivos o elementos electrónicos que no cumplan con las especificaciones técnicas establecidas. El Real Decreto también establece que, en caso de que durante la homologación del modelo el ejemplar del producto enviado al laboratorio de ensayos haya sido elegido por una entidad colaboradora, no se requerirá el envío de otro ejemplar para obtener la certificación de conformidad de la producción del primer periodo anual. La Comisión de Vigilancia y Certificación podrá disponer la repetición de las actuaciones de muestreo y ensayo en el caso de que lo estime procedente. El plazo de validez de los certificados de conformidad será de un año a partir de la fecha de expedición del mismo. No obstante, la Comisión podrá, en cualquier momento, ante la existencia de presuntas anomalías, requerir del interesado la realización de nuevas pruebas y verificaciones que confirmen el mantenimiento de las condiciones en que se expidió la certificación de conformidad. Las transgresiones a lo establecido en el presente Real Decreto serán consideradas como infracciones en materia administrativa, de acuerdo con lo que disponga la normativa oficial vigente. Corresponde a los servicios de inspección de los Ministerios de Industria y Energía, de Economía y Hacienda y de Sanidad y Consumo, o, en su caso, de las Comunidades Autónomas, velar por el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Real Decreto. En las disposiciones finales, se establece que el Ministerio de Industria y Energía queda facultado para modificar por orden ministerial las especificaciones técnicas que figuran en el Anexo del Real Decreto, cuando así lo aconsejen razones técnicas de interés general. El presente Real Decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2313/1985 establece una normativa obligatoria para células y módulos fotovoltaicos, con homologación y certificación de conformidad. Se prohíbe la fabricación, venta y instalación de productos que no cumplan con las especificaciones técnicas. La normativa se apoya en el Real Decreto 2584/1981, que justifica la obligatoriedad de la normativa por la defensa de los intereses económicos y la seguridad de los usuarios. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Obligación de cumplir especificaciones técnicas**: Las células y módulos fotovoltaicos deben cumplir con especificaciones técnicas obligatorias. ⚠️ **Homologación y certificación**: Los productos deben ser sometidos a homologación de tipo o modelo y a certificación de conformidad. 📋 **Prohibición de productos no certificados**: Se prohíbe la fabricación, venta y instalación de paneles fotovoltaicos que no cumplan con las especificaciones técnicas. ℹ️ **Control y vigilancia**: Los Ministerios de Industria y Energía, Economía y Hacienda, y Sanidad y Consumo velan por el cumplimiento de la normativa. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 2313/1985 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 8 de noviembre de 1985 - **Materias**: Energía, seguridad, normalización, homologación - **Relevancia**: ALTA - **Nota**: Este Real Decreto establece una normativa obligatoria para productos fotovoltaicos, con implicaciones en la seguridad y protección del consumidor, lo que le otorga una relevancia alta en el ámbito legal y técnico. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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