ResoluciónNacionalvigente

Enmiendas al texto principal del Convenio aduanero relativo al transporte internacional de mercancías al amparo de los cuadernos TIR (Convenio TIR), adoptadas en Ginebra el 15 de octubre de 2020.

BOE-A-2022-3881Publicada: 12/03/2022MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un conjunto de cambios al Convenio TIR, que es el acuerdo internacional que regula cómo se transportan mercancías de un país a otro bajo sistemas aduanales especiales. Estas enmiendas fueron aprobadas en Ginebra el 15 de octubre de 2020 y entraron en vigor el 4 de febrero de 2022. **¿A quién afecta?** Afecta a los países que participan en el Convenio TIR, sus autoridades aduanales, las personas y empresas autorizadas para realizar transportes internacionales bajo este sistema, y las asociaciones que garantizan estas operaciones. **¿Qué cambia o establece?** Las enmiendas simplifican trámites: permiten que las autoridades aduanales actúen con más flexibilidad, aumentan de 4 a 8 el número máximo de aduanas de destino (aunque pueden limitarlo a no menos de 3), cambian plazos de "una semana" a "sin demora" para reducir tiempos, modifican montos de garantía de dólares a euros, exigen que se publique información sobre aduanas habilitadas usando sistemas electrónicos, y establecen que personas autorizadas pueden hacer ciertas tareas directamente si tienen sistemas de registro adecuados.

💬 Contexto ciudadano

El Convenio TIR de 1975 ha regulado durante décadas el transporte internacional de mercancías bajo garantía aduanal con procedimientos rígidos: máximo 4 aduanas destino y plazos fijos para garantías. Las enmiendas de 2020, vigentes desde febrero de 2022, modernizaban ampliando a 8 destinos, reemplazando plazos administrativos por flexibilidad operativa y digitalizando información aduanal, alineándose con directivas de aduanas de la UE. Más de 70 países, incluidos España y todos los miembros de la UE, han adoptado estas enmiendas, mientras que otros mantienen procedimientos anteriores, generando diferencias competitivas. Para el ciudadano importa porque reduce tiempos y costes en importaciones/exportaciones, abaratando productos y mejorando la eficiencia del comercio transfronterizo.

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