Real Decreto 2362/1985, de 4 de diciembre, por el que se autoriza la comercialización de las mezclas de solubles de café con solubles de sucedáneos de café.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2362/1985, de 4 de diciembre, por el que se autoriza la comercializ ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2362/1985 autoriza la comercialización de mezclas de solubles de café con solubles de sucedáneos de café, estableciendo requisitos técnico-sanitarios y normas de denominación de los productos. 2. **CONTEXTO** La norma surge en el contexto de la Comunidad Económica Europea, donde la venta de estas mezclas era común. Dado que los Reales Decretos 664/1983 y 2323/1985 no contemplaban dichas mezclas, se procedió a su regulación. La norma fue aprobada tras informe de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria y deliberación del Consejo de Ministros. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2362/1985, de 4 de diciembre de 1985, autoriza la mezcla de extractos solubles de café con extractos solubles de sucedáneos de café, modificando el apartado h) del punto 3.25.1 del Código Alimentario Español. Esta autorización se da en virtud de la necesidad de regular dichas mezclas, ya que no estaban contempladas en los Reales Decretos 664/1983 y 2323/1985, que regulan, respectivamente, el café y los sucedáneos de café. En el artículo 2, se establece que las mezclas de extractos solubles de café y de sucedáneos de café, así como los extractos solubles de mezclas de café tostado y sucedáneos de café tostados, solo pueden comercializarse si su elaboración cumple con los requisitos técnico-sanitarios y las características físico-químicas fijadas en las regulaciones técnicas sanitarias aprobadas por los mencionados Reales Decretos. En el artículo 3, se detallan las denominaciones de los productos autorizados, dependiendo de los ingredientes. Para cafés no descafeinizados, se permiten denominaciones como «Mezcla de solubles de café (%) y achicoria (%)», «mezcla de solubles de café (%) y cereales tostados (%)», y «mezcla de solubles de café (%), achicoria (%) y cereales tostados (%)». Para cafés descafeinizados, se usan denominaciones similares pero con la indicación de descafeinación. Además, se establece que las presentaciones en «pasta» o «líquido» deben completar su denominación con la expresión correspondiente, y que los porcentajes deben indicarse claramente con caracteres idénticos en tamaño y tipo de letra. La disposición derogatoria establece que se deroguen las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto, desde su entrada en vigor. Esta norma se basa en el derecho alimentario español, regulando aspectos de seguridad alimentaria, etiquetado y denominación de los productos. Se refiere a la legislación vigente en la época, que incluye el Código Alimentario Español y los Reales Decretos mencionados. La norma busca garantizar la seguridad, la calidad y la transparencia en la comercialización de estas mezclas, alineándose con las prácticas de la Comunidad Económica Europea. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2362/1985 autoriza la comercialización de mezclas de solubles de café y sucedáneos, estableciendo requisitos técnico-sanitarios y normas de denominación. La norma se basa en la regulación existente y busca alinear la práctica nacional con la de la Comunidad Económica Europea. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de mezclas**: Se permite la mezcla de solubles de café con sucedáneos, modificando el Código Alimentario Español. ⚠️ **Requisitos técnico-sanitarios**: Las mezclas deben cumplir con normas establecidas en los Reales Decretos 664/1983 y 2323/1985. 📋 **Denominación de productos**: Se establecen normas claras para la denominación de los productos, incluyendo porcentajes y formatos. ℹ️ **Derogación de normas anteriores**: Se derogaron disposiciones que se oponían a la norma. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 2362/1985 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 4 de diciembre de 1985 - **Materias**: Alimentación, seguridad alimentaria, etiquetado, denominación de productos - **Relevancia**: ALTA - **Tipo de norma**: Reglamento técnico-sanitario - **Ámbito**: Nacional - **Relevancia**: ALTA (por su impacto en la regulación de productos alimentarios y su alineación con la Comunidad Económica Europea) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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