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Real Decreto 2445/1985, de 27 de diciembre, sobre fijación del precio de la harina destinada a panificación.

BOE-A-1985-26982Publicada: 31/12/1985MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2445/1985, de 27 de diciembre, sobre fijación del precio de la hari ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2445/1985 fija el precio máximo de venta de harina destinada a la panificación para el fabricante de harinas, con destino a la industria panadera, para la campaña 1985-1986. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto fue aprobado en el marco de la regulación del precio de la harina en España, en respuesta a la Ley 30/1985 sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y al Real Decreto 2028/1985 que estableció el Reglamento de precios. La necesidad de fijar un nuevo precio surgió como consecuencia de la aplicación de dichas normas. El Real Decreto 1059/1985, de 26 de julio, ya había establecido un precio para la campaña anterior, pero se necesitaba una actualización para la nueva campaña. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2445/1985, de 27 de diciembre de 1985, establece el precio máximo de venta de harina destinada a la panificación para el fabricante de harinas, con destino a la industria panadera, para la campaña 1985-1986. El precio se fija en 40 pesetas con 48 centimos el kilogramo sin envase y en 41 pesetas con 13 centimos el kilogramo envasadas. Estos precios incluyen el IVA y se aplican en posición de fábrica de harinas. El Real Decreto establece que el nuevo precio entrará en vigor a las cero horas del día 1 de enero de 1986. Además, se mantiene en vigor el Real Decreto 1059/1985, de 26 de julio, para la Comunidad Autónoma de las Islas Canarias y para las ciudades de Ceuta y Melilla, por estar exentas de la aplicación del IVA. Para el resto del territorio español, el Real Decreto 2445/1985 se aplicará en lo que no se oponga a los artículos anteriores. El presente Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". La norma fue aprobada en Madrid el 27 de diciembre de 1985, firmada por el Rey Juan Carlos y firmada por el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Carlos Romero Herrera. El Real Decreto 2445/1985 se basa en el marco legal establecido por la Ley 30/1985, de 2 de agosto, sobre el IVA, y en el Real Decreto 2028/1985, de 30 de octubre, que aprobó el Reglamento de precios. Estos instrumentos legales establecen la necesidad de fijar un nuevo precio de la harina para la campaña 1985-1986, ya que el anterior Real Decreto 1059/1985, de 26 de julio, ya había establecido un precio para la campaña anterior. El Real Decreto 2445/1985 se emitió a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y con el informe previo de la Junta Superior de Precios, tras la deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de diciembre de 1985. El Real Decreto 2445/1985 se aplica en el territorio español, excepto en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla, donde se mantiene el Real Decreto 1059/1985, ya que estas zonas están exentas de la aplicación del IVA. El Real Decreto 2445/1985 establece que el nuevo precio entrará en vigor el 1 de enero de 1986, a partir de las cero horas, y que se aplicará en posición de fábrica de harinas. El precio se fija en 40 pesetas con 48 centimos el kilogramo sin envase y en 41 pesetas con 13 centimos el kilogramo envasadas, incluyendo el IVA. El Real Decreto 2445/1985 se publica en el "Boletín Oficial del Estado" y entra en vigor al día siguiente de su publicación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2445/1985 fija el precio máximo de venta de harina destinada a la panificación para la campaña 1985-1986. Establece precios diferentes según el envase y incluye el IVA. Se aplica en todo el territorio español, excepto en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla, donde se mantiene el Real Decreto 1059/1985. El Real Decreto entra en vigor el 1 de enero de 1986. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de precios**: El Real Decreto establece el precio máximo de venta de harina destinada a la panificación. ⚠️ **Aplicación del IVA**: Los precios incluyen el IVA y se aplican en posición de fábrica de harinas. 📋 **Vigencia**: El nuevo precio entra en vigor el 1 de enero de 1986. ℹ️ **Exenciones**: Las Islas Canarias, Ceuta y Melilla mantienen el Real Decreto 1059/1985, ya que están exentas del IVA. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 2445/1985 - **Tipo**: Norma de precio - **Fecha**: 27 de diciembre de 1985 - **Materias**: Precios, harina, panificación, IVA - **Relevancia**: ALTA Palabras: 685 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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