Decreto 52/2021, de 20 de diciembre, por el que se fija el calendario de días inhábiles para el año 2022 a efectos del cómputo administrativo.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Este decreto establece cuáles son los días inhábiles (días que no cuentan) para calcular los plazos administrativos en las Islas Baleares durante el año 2022. Estos días no se computan cuando una administración cuenta cuántos días tienes para cumplir una obligación o presentar un documento. **¿A quién afecta?** Afecta a cualquier ciudadano o empresa que deba cumplir plazos ante la administración pública de las Islas Baleares, tanto en trámites presenciales como electrónicos. **¿Qué cambia o establece?** Define que son días inhábiles los sábados, domingos y los siguientes: 1 y 6 de enero, 1 de marzo, 14, 15 y 18 de abril, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 y 6 de noviembre, 8 de diciembre y 26 de diciembre. Además, cada municipio tiene sus propias fiestas locales que también son inhábiles. Para la Sede Electrónica de la administración autonómica, solo cuentan como inhábiles las fiestas nacionales y autonómicas listadas, no las fiestas locales de cada municipio.
💬 Contexto ciudadano
# Contexto comparativo: Decreto 52/2021 (Baleares) - Calendario de días inhábiles La fijación anual de días inhábiles para el cómputo administrativo tiene antecedentes en la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común del Sector Público, que delegó a cada administración esta competencia. El Decreto 52/2021 de Baleares sigue el mismo modelo que otras comunidades autónomas (Cataluña, Andalucía, Galicia) mediante decretos anuales que especifican el calendario administrativo. La normativa estatal establece como inhábiles sábados, domingos y festividades nacionales, mientras que Baleares añade festividades autonómicas específicas (como el 1 de marzo) y deja que los municipios definan sus propias festividades locales, aunque con un matiz: en la sede electrónica solo cuentan las fiestas nacionales y autonómicas. Esta modulación por canales de tramitación es diferenciadora respecto a otras CCAA. Para el ciudadano, importa decisivamente porque alarga automáticamente cualquier plazo administrativo, protegiéndole de cumplimientos imposibles en períodos festivos, aunque crea incertidumbre sobre qué calendario aplica según el tipo de trámite.