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Real DecretoNacionalvigente

Orden de 15 de enero de 1986 por la que, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición final segunda del Real Decreto 1434/1985, de 1 de agosto, en relación con el artículo 5.º del mismo, se constituye la Comisión Asesora de Publicaciones del Departamento.

BOE-A-1986-1952Publicada: 24/01/1986MINISTERIO DE JUSTICIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 15 de enero de 1986 por la que, en cumplimiento de lo dispuesto en la d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 15/1986 establece la constitución y funciones de la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Justicia, en cumplimiento de la disposición final segunda del Real Decreto 1434/1985. **2. CONTEXTO** Este Real Decreto se emite en el marco de la ordenación de publicaciones oficiales, en cumplimiento de la disposición final segunda del Real Decreto 1434/1985, de 1 de agosto. La norma busca estructurar la participación de los distintos ministerios en la gestión de publicaciones oficiales. En particular, el Ministerio de Justicia establece una Comisión Asesora de Publicaciones con funciones de coordinación, aprobación y asesoramiento en materia de publicaciones oficiales. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 15/1986, de 15 de enero de 1986, establece la constitución y organización de la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Justicia. La Comisión se constituye con la siguiente estructura: Presidente es el Subsecretario del Departamento o, por delegación, el Secretario General Técnico; Vicepresidente es el Secretario General Técnico; Vocales son representantes de los Centros Directivos, Entidades y Organismos Autónomos del Departamento; y Secretario es el Jefe del Centro de Publicaciones del Ministerio de Justicia. Los Vocales se designan entre funcionarios con nivel de Subdirector General, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 1434/1985. Además, el Presidente puede requerir la presencia de funcionarios especializados en temas concretos. La Comisión tiene funciones de coordinación y asesoramiento en materia de publicaciones oficiales del Ministerio. Entre sus funciones principales se incluyen: informar al Ministerio sobre el programa editorial anual, proponer excepciones a la centralización de la actividad editorial, informar y proponer criterios sobre distribución y comercialización de publicaciones, proponer proyectos de normas que afecten al Departamento, orientar actividades editoras y difusoras, informar la memoria anual de publicaciones, asesorar a la Secretaría General Técnica, proponer la creación, supresión o modificación de publicaciones periódicas, proponer precios y volumen de tirada, y conocer de asuntos relacionados con su competencia. Las propuestas editoriales fuera de programa deben acompañarse de una memoria justificativa, y su aprobación corresponde al Subsecretario-Presidente de la Comisión, quien la autoriza en la misma sesión en la que emite el informe. La Comisión, como órgano colegiado, se ajusta al Capítulo II del Título I de la Ley de Procedimiento Administrativo, y se convoca, como mínimo, cuatrimestralmente para controlar el seguimiento del programa. Las relaciones con la Junta Interministerial de Coordinación de Publicaciones se efectúan a través del Secretario General Técnico del Departamento. La presente orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 15/1986 crea una estructura formal para la gestión de publicaciones oficiales del Ministerio de Justicia. Establece la composición, funciones y procedimientos de la Comisión Asesora de Publicaciones, con el objetivo de garantizar una coordinación eficiente y una gestión adecuada de las publicaciones oficiales del Departamento. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Constitución de la Comisión Asesora de Publicaciones**: Se establece una estructura formal con Presidente, Vicepresidente, Vocales y Secretario. ⚠️ **Funciones amplias y específicas**: La Comisión tiene funciones de coordinación, aprobación y asesoramiento en materia de publicaciones oficiales. 📋 **Procedimiento de aprobación de propuestas editoriales**: Las propuestas fuera de programa deben acompañarse de una memoria justificativa, y su aprobación corresponde al Subsecretario-Presidente. ℹ️ **Relación con la Junta Interministerial**: Las relaciones con la Junta Interministerial de Coordinación de Publicaciones se efectúan a través del Secretario General Técnico. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 15/1986 - **Tipo**: Orden de 15 de enero de 1986 - **Fecha**: 15 de enero de 1986 - **Materias**: Publicaciones oficiales, gestión administrativa, organización ministerial - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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