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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 5/1986, de 15 de enero, sobre concesión de un crédito extraordinario por importe de 388.264.606 pesetas para cubrir el déficit de explotación de Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE), correspondiente al ejercicio de 1983.

BOE-A-1986-1587Publicada: 21/01/1986JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Ley 5/1986, de 15 de enero, sobre concesión de un crédito extraordinario por imp ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 5/1986 concede un crédito extraordinario de 388.264.606 pesetas a Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE) para cubrir el déficit de explotación del ejercicio de 1983. **2. CONTEXTO** La Ley fue aprobada por las Cortes Generales y sancionada por el Rey Juan Carlos I el 15 de enero de 1986. Se adoptó en respuesta al déficit financiero de FEVE, que se elevaba a 7.242.089.606 pesetas para el ejercicio 1983. El déficit se debía a inundaciones, obras de mantenimiento y mayores costos en personal y compras. El crédito extraordinario fue aprobado tras un análisis de los motivos y un informe favorable del Consejo de Estado. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 5/1986, de 15 de enero, establece la concesión de un crédito extraordinario a FEVE con el objetivo de cubrir el déficit de explotación del ejercicio de 1983. La norma se fundamenta en el mantenimiento del servicio ferroviario de Vía Estrecha, atribuido al Estado, y en la cobertura del déficit de explotación, según los marcos normativos previos, como el Decreto-ley de 29 de diciembre de 1972 y el Estatuto de FEVE de 21 de febrero de 1974. El déficit de la cuenta de explotación de FEVE para 1983 fue informado por la Intervención General de la Administración del Estado y se calculó en 7.242.089.606 pesetas. De esta cantidad, ya se habían destinado 6.500 millones de pesetas desde el Presupuesto de Gastos del Estado para 1983, lo que dejaba pendiente una cantidad de 742.089.606 pesetas. Las causas del déficit se atribuyen a factores externos, como las inundaciones y obras que afectaron a la explotación de la red ferroviaria, y a un incremento de gastos en los capítulos de Personal y Compras. El importe del crédito extraordinario se fijó en 388.264.606 pesetas, tras el análisis de los motivos y el informe favorable del Consejo de Estado. El crédito se financiará mediante un préstamo del Banco de España, que no devengará intereses. En el artículo primero, se detalla la concesión del crédito extraordinario, asignado al Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, al Servicio 13 de FEVE, dentro del Programa 513-B de subvenciones y apoyo al transporte ferroviario, en el Capítulo 4 de Transferencias corrientes, en el Artículo 44, destinado a Empresas Públicas y otros Entes Públicos, y en el Concepto 442, que corresponde a la subvención a FEVE para completar la cantidad destinada a recomponer su estructura financiera. En el artículo segundo, se establece que el crédito extraordinario se financiará con un préstamo del Banco de España, que no generará intereses. La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 15 de enero de 1986, y fue firmada por el Rey Juan Carlos I y el Presidente del Gobierno, Felipe González Marquez. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 5/1986 concede un crédito extraordinario a FEVE para cubrir el déficit de explotación del ejercicio 1983. El crédito se financiará con un préstamo del Banco de España, que no devengará intereses. La norma se basa en la necesidad de mantener el servicio ferroviario de Vía Estrecha y en la cobertura del déficit. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Concesión de crédito extraordinario**: Se otorga un crédito de 388.264.606 pesetas a FEVE para cubrir el déficit de explotación del ejercicio 1983. ⚠️ **Financiación con Banco de España**: El crédito se financiará mediante un préstamo del Banco de España, que no devengará intereses. 📋 **Causas del déficit**: Se atribuyen a inundaciones, obras de mantenimiento y mayores costos en personal y compras. ℹ️ **Marco normativo**: La norma se fundamenta en el Decreto-ley de 1972 y el Estatuto de FEVE de 1974. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 5/1986 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 15 de enero de 1986 - **Materias**: Financiación pública, transporte ferroviario, déficit público - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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