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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 226/1986, de 24 de enero de traspaso de servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en materia de casinos, juegos y apuestas.

BOE-A-1986-3575Publicada: 11/02/1986PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 226/1986, de 24 de enero de traspaso de servicios de la Administrac ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 226/1986 aprueba el acuerdo de transferencia de funciones y servicios relacionados con casinos, juegos y apuestas de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra, en cumplimiento de la Ley Orgánica 13/1982. **2. CONTEXTO** La Ley Orgánica 13/1982 establece la reorganización del régimen foral de Navarra, previendo la transferencia de competencias al territorio. Para ello, se requiere un acuerdo entre el Gobierno de la Nación y la Diputación Foral. El Real Decreto 2356/1984 regula esta transferencia, estableciendo la Junta de Transferencias como órgano encargado de su tramitación. El Real Decreto 226/1986 se emite como resultado de dicho proceso, con el objetivo de transferir funciones en materia de casinos, juegos y apuestas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 226/1986, de 24 de enero de 1986, aprueba el acuerdo de la Junta de Transferencias de fecha 23 de diciembre de 1985, mediante el cual se transfieren funciones y servicios relacionados con casinos, juegos y apuestas de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra. Este acuerdo se adopta en cumplimiento de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley Orgánica 13/1982, que prevé la transferencia de competencias a la Comunidad Foral de Navarra previa negociación con la Diputación Foral. El Real Decreto 2356/1984, de 19 de diciembre de 1984, establece las normas generales para la transferencia de servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra. En su artículo 2, se prevé la constitución de la Junta de Transferencias, que evalúa la conveniencia y legalidad de las transferencias. En su reunión del 23 de diciembre de 1985, esta Junta adopta el acuerdo sobre la transferencia de servicios en materia de casinos, juegos y apuestas, que requiere la aprobación del Gobierno mediante Real Decreto. El Real Decreto 226/1986 aprueba este acuerdo, que incluye el traslado de funciones y servicios en los términos y condiciones especificados en el acuerdo. En concreto, el artículo 1 establece la aprobación del acuerdo de la Junta de Transferencias, mientras que el artículo 2 detalla la transferencia de las funciones y servicios mencionados. El artículo 3 establece que los traspasos tendrán efectividad a partir de la fecha señalada en el acuerdo, sin perjuicio de que el Ministerio del Interior produzca hasta 1985, de acuerdo con el apartado 7 del artículo 6 del Real Decreto 2356/1984, el importe de la financiación ascendente a 904 miles de pesetas, según el detalle que figura en la relación adjunta número 1. El artículo 2 del Real Decreto 2356/1984 establece que la Comunidad Foral de Navarra asume la financiación de los servicios que se le transfieren. Además, se incluye un inventario de bienes, derechos y obligaciones que se traspasan, según la relación adjunta número 2. La transferencia de estos bienes, derechos y obligaciones se efectúa de acuerdo con los artículos 9 y 10 del Real Decreto 2356/1984. Asimismo, se establece que en el plazo de un mes desde la entrada en vigor del Real Decreto que promulgue este acuerdo, se firmará la correspondiente acta de entrega y recepción de mobiliario, equipo y material invariable. En cuanto a la documentación administrativa, se procederá a entregar la documentación y los expedientes precisos para la prestación de los servicios transferidos, suscribiéndose la correspondiente acta de entrega y recepción. La resolución de los expedientes que se encuentren en tramitación en la fecha de efectividad del traspaso tendrá lugar de acuerdo con las previsiones del artículo 11 del Real Decreto 2356/1984. La transferencia de los servicios objeto del presente acuerdo tendrá efectividad a partir del día 1 de enero de 1986. El Real Decreto se expide en Madrid a 23 de diciembre de 1985, firmado por los secretarios de la Junta de Transferencias, Juan Soler Ferrer y José Antonio Razquín Lizarra. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 226/1986 aprueba la transferencia de funciones y servicios relacionados con casinos, juegos y apuestas de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra. Esta transferencia se realiza en cumplimiento de la Ley Orgánica 13/1982 y el Real Decreto 2356/1984. La transferencia se efectúa con la entrega de bienes, derechos y obligaciones, así como con la documentación administrativa necesaria. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Transferencia de funciones y servicios**: Se transfieren funciones y servicios relacionados con casinos, juegos y apuestas de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra. ⚠️ **Cumplimiento legal**: La transferencia se realiza en cumplimiento de la Ley Orgánica 13/1982 y el Real Decreto 2356/1984. 📋 **Procedimiento formal**: Se establece un procedimiento formal con la entrega de bienes, derechos y obligaciones, así como con la documentación administrativa necesaria. ℹ️ **Fecha de efectividad**: La transferencia tiene efectividad a partir del 1 de enero de 1986. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 226/1986 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 24 de enero de 1986 - **Materias**: Transferencia de servicios, administración pública, competencias forales - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 687 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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