Real Decreto 2698/1985, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructura de la Defensa.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2698/1985, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2698/1985 crea el Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructura de la Defensa y establece su reglamento, modificando y derogando normas anteriores. **2. CONTEXTO** La Ley 28/1984 crea la Gerencia de Infraestructura de la Defensa, estableciendo que su reglamento se aprobará mediante Real Decreto. El Real Decreto 2698/1985 se emite en cumplimiento de esta disposición. La norma introduce importantes modificaciones a la legislación aplicable a los bienes del patrimonio del Estado. Además, se basa en el artículo 12 de la Ley 10/1983, que establece el procedimiento para la creación, modificación o supresión de órganos administrativos superiores. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2698/1985, de 27 de diciembre de 1985, aprueba el Reglamento del Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructura de la Defensa. Este Real Decreto se emite a iniciativa del Ministerio de Defensa, oído el Consejo de Estado, a propuesta del Ministerio de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de diciembre de 1985. El Real Decreto establece que el Ministerio de Defensa dictará las disposiciones necesarias para el desarrollo del presente Real Decreto, previa aprobación de la Presidencia del Gobierno. Asimismo, el Ministerio de Economía y Hacienda efectuará las modificaciones presupuestarias precisas para el cumplimiento del Real Decreto. Se deroga el Reglamento para el funcionamiento de la Junta Central de Acuartelamiento, aprobado por Decreto 710/1960, de 7 de abril, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan al contenido del presente Real Decreto. En cuanto a los recursos económicos de la Gerencia de Infraestructura de la Defensa, se establecen los siguientes: 1. Los bienes y valores que constituyan su patrimonio y los productos y rentas del mismo. 2. Las transferencias y subvenciones que anualmente se consignen en los presupuestos generales del Estado, o en los de otros organismos autónomos. 3. Los ingresos de derecho público o privado que le corresponda percibir. 4. Las subvenciones, aportaciones voluntarias, donaciones, herencias y legados que se concedan a su favor por personas públicas o privadas. 5. Cualquier otro recurso que pueda serle legalmente atribuido. Además, se establece que el nivel de los órganos rectores del Organismo Autónomo Gerencia de la Infraestructura de la Defensa, así como su estructura orgánica básica, podrán modificarse a propuesta del Ministerio de la Presidencia y a iniciativa del Ministerio de Defensa, mediante Real Decreto acordado en Consejo de Ministros. Se incluyen disposiciones transitorias: - En los expedientes en trámite, los actos y contratos se celebrarán con arreglo a la Ley 28/1984, sin perjuicio de la validez de las diligencias que practicó la Junta Central de Acuartelamiento, con arreglo a la legislación derogada. - Los funcionarios civiles de la Junta Central de Acuartelamiento integrados en las escalas que determina la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, las vacantes de este personal que se produzcan en la Gerencia de Infraestructura de la Defensa serán cubiertas conforme a lo establecido en la legislación de la función pública. Finalmente, se establece que en las materias no reguladas por la Ley de creación de la Gerencia ni por este reglamento, se aplicarán, en su caso, como derecho supletorio, las disposiciones que regulan los bienes del patrimonio del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2698/1985 crea el Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructura de la Defensa y establece su reglamento. Se deroga normativa anterior y se establecen mecanismos de modificación y adaptación futura. La norma se basa en la Ley 28/1984 y en el artículo 12 de la Ley 10/1983. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación del Organismo Autónomo**: Se establece el Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructura de la Defensa. ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: Se derogó el Reglamento de la Junta Central de Acuartelamiento. 📋 **Recursos económicos**: Se detallan los recursos que puede utilizar la Gerencia. ℹ️ **Modificaciones futuras**: Se permite la modificación de estructura y órganos mediante Real Decreto. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 27 de diciembre de 1985 - **Materias**: Administración pública, infraestructura, patrimonio del Estado - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────