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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 335/1986, de 24 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en materias de cultura, deportes y asistencia social y promoción sociocultural.

BOE-A-1986-4460Publicada: 19/02/1986PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 335/1986, de 24 de enero, de traspaso de funciones y servicios de l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 335/1986, de 24 de enero, aprueba los acuerdos de la Junta de Transferencias de 23 de diciembre de 1985, mediante los cuales se transfieren funciones y servicios de la Administración del Estado en materias de cultura, deportes, asistencia social y promoción sociocultural a la Comunidad Foral de Navarra. **2. CONTEXTO** Este Real Decreto se inscribe en el marco de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del régimen foral de Navarra, que establece la transferencia de competencias a la Comunidad Foral. La transferencia se realiza previo acuerdo con la Diputación Foral y se promulga mediante Real Decreto. Además, el Real Decreto 2356/1984, de 19 de diciembre, establece las normas reguladoras de la transferencia de servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra, incluyendo la constitución de la Junta de Transferencias. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 335/1986, de 24 de enero, tiene por objeto la aprobación de los acuerdos de la Junta de Transferencias de 23 de diciembre de 1985, que establecen la transferencia de funciones y servicios de la Administración del Estado en materias de cultura, deportes, asistencia social y promoción sociocultural a la Comunidad Foral de Navarra. La transferencia se realiza en cumplimiento de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, que prevé dicha transferencia previa acuerdo con la Diputación Foral y mediante Real Decreto. El Real Decreto 2356/1984, de 19 de diciembre, establece las normas reguladoras de la transferencia de servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra. En su artículo 2, se prevé la constitución de la Junta de Transferencias, que adopta los acuerdos necesarios para la efectividad de la transferencia. Estos acuerdos, aprobados en la reunión de la Junta de Transferencias del 23 de diciembre de 1985, se promulgan mediante Real Decreto. En virtud de lo anterior, el Real Decreto 335/1986, de 24 de enero, aprueba los acuerdos de la Junta de Transferencias, por los que se transfieren las funciones y servicios a que se refieren los acuerdos incluidos como anexos del presente Real Decreto. En consecuencia, quedan transferidas a la Comunidad Foral de Navarra las funciones y servicios a que se refieren los acuerdos incluidos como anexos, en los términos y condiciones que allí se especifican. Además, el Real Decreto 2356/1984, de 19 de diciembre, establece que la Comunidad Foral de Navarra asume la financiación de los servicios que se transfieren. También se detalla el inventario de bienes, derechos y obligaciones que se traspasan, que se recogen en el inventario detallado de la relación adjunta número 3. La transferencia de estos bienes, derechos y obligaciones se efectúa de acuerdo con lo establecido en los artículos 9 y 10 del Real Decreto 2356/1984. Asimismo, se establece que en el plazo de un mes desde la entrada en vigor del Real Decreto por el que se promulgue el presente acuerdo, se firmará la correspondiente acta de entrega y recepción del mobiliario, equipo y material invariable. En cuanto a la documentación administrativa relativa a los servicios que se transfieren, se procederá a entregar la documentación y los expedientes precisos para la prestación de los servicios transferidos, suscribiéndose a tal efecto la correspondiente acta de entrega y recepción. La resolución de los expedientes que se encuentren en tramitación en la fecha de efectividad del traspaso tendrá lugar de acuerdo con las previsiones del artículo 11 del Real Decreto 2356/1984. La transferencia de los servicios objeto del presente acuerdo tendrá efectividad a partir del 1 de enero de 1986. Para que conste, se expide la presente certificación en Madrid a 23 de diciembre de 1985, firmada por los secretarios de la Junta de Transferencias, Juan Soler Ferrer y José Antonio Razquín Lizarra. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 335/1986, de 24 de enero, aprueba la transferencia de funciones y servicios en materias de cultura, deportes, asistencia social y promoción sociocultural a la Comunidad Foral de Navarra. La transferencia se realiza en cumplimiento de la Ley Orgánica 13/1982 y se regula mediante el Real Decreto 2356/1984. La transferencia entra en vigor el 1 de enero de 1986. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Transferencia de funciones y servicios**: Se transfieren funciones y servicios en materias de cultura, deportes, asistencia social y promoción sociocultural. ⚠️ **Cumplimiento legal**: La transferencia se realiza en cumplimiento de la Ley Orgánica 13/1982 y el Real Decreto 2356/1984. 📋 **Procedimiento de transferencia**: Se establecen plazos y formalidades para la entrega y recepción de bienes, documentación y expedientes. ℹ️ **Efectividad**: La transferencia entra en vigor el 1 de enero de 1986. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 24 de enero de 1986 - **Materias**: Transferencia de funciones, servicios públicos, administración local, régimen foral - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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