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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 451/1986, de 21 de febrero, por el que se crea la Comisión Interministerial de Cooperación Internacional.

BOE-A-1986-5616Publicada: 04/03/1986MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 451/1986, de 21 de febrero, por el que se crea la Comisión Intermin ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 451/1986 crea la Comisión Interministerial de Cooperación Internacional para coordinar y facilitar la política de cooperación internacional del Estado español. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1485/1985 establece que el Ministerio de Asuntos Exteriores, a través de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, tiene competencias en materia de cooperación internacional, cultural, económica, científica y técnica. Para instrumentar estas competencias, se crea la Comisión Interministerial de Cooperación Internacional. Esta comisión se establece con la aprobación del Presidente del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 451/1986, de 21 de febrero, crea la Comisión Interministerial de Cooperación Internacional como órgano de apoyo para la coordinación de la Administración en materia de cooperación internacional. Este órgano se establece en virtud de la competencia del Ministerio de Asuntos Exteriores, según el artículo 6.1 del Real Decreto 1485/1985, que le otorga la dirección, programación, control y evaluación de las actividades de cooperación internacional. La Comisión Interministerial se encarga de garantizar el seguimiento de los planes aprobados, elaborar una memoria anual de evaluación de los programas de cooperación, coordinar y ejecutar los programas de emergencia, promover el interés del pueblo español por la cooperación internacional y recabar información relevante sobre cooperación internacional. Estas funciones se detallan en el artículo 6 del Real Decreto 451/1986. La Comisión está presidida por el Ministro de Asuntos Exteriores y tiene como vicepresidente al Secretario de Estado para la Cooperación Internacional, quien preside cuando el Ministro no asista a las sesiones. Los miembros incluyen a altos cargos de distintas áreas, como el Secretario General de Política Exterior, Hacienda, el Secretario General de Comercio, el Director General de Relaciones Económicas Internacionales, el Director General de Relaciones Culturales, entre otros. Además, el Real Decreto establece que la Comisión puede aprobar normas de régimen interno para su funcionamiento. También se extingue la Comisión Nacional de Cooperación con Guinea Ecuatorial, cuyas funciones son asumidas por la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y la nueva Comisión Interministerial. El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Este Real Decreto se emite en Madrid el 21 de febrero de 1986, firmado por el Rey Juan Carlos y el Ministro de Asuntos Exteriores, Francisco Fernández Ordóñez. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 451/1986 crea una comisión interministerial para coordinar la política de cooperación internacional. Esta comisión tiene funciones específicas y está integrada por representantes de distintos ministerios. Su entrada en vigor se produce al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Comisión Interministerial de Cooperación Internacional**: Para coordinar la política de cooperación internacional. ⚠️ **Funciones específicas**: Seguimiento de planes, evaluación anual, coordinación de emergencias, promoción de la cooperación. 📋 **Integración de altos cargos**: Incluye a representantes de distintas áreas como Hacienda, Comercio, Cultura, etc. ℹ️ **Extinción de la Comisión Nacional de Cooperación con Guinea Ecuatorial**: Sus funciones son asumidas por la nueva comisión. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de creación de órgano - **Fecha**: 21 de febrero de 1986 - **Materias**: Cooperación internacional, política exterior, administración pública - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Comisión Interministerial, cooperación internacional, política exterior, órgano de apoyo, evaluación de programas, coordinación interministerial **Palabras totales**: 670 palabras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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