Corrección de errores de la Orden de 2 de octubre de 1985 por la que se aprueban Instrucciones Técnicas Complementarias de los capítulos V, VI y IX del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 2 de octubre de 1985 por la que se aprueban ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores en la Orden de 2 de octubre de 1985, que aprueba Instrucciones Técnicas Complementarias de los capítulos V, VI y IX del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, y publica las rectificaciones en el Boletín Oficial del Estado número 242 de 9 de octubre de 1985. 2. **CONTEXTO** La Orden de 1985 establecía instrucciones técnicas complementarias para la seguridad en minas. Durante su publicación, se detectaron errores en el texto original. Para garantizar la precisión y la aplicación correcta de las normas técnicas, se realizaron correcciones y se publicaron en el Boletín Oficial del Estado. Estas correcciones afectan términos técnicos, valores numéricos y referencias a normas internacionales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige errores en la Orden de 2 de octubre de 1985, que aprueba las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) de los capítulos V, VI y IX del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera. Las correcciones se publican en el Boletículo Oficial del Estado número 242, de 9 de octubre de 1985, páginas 31771 a 31795. Las rectificaciones incluyen: - **ITC: 05.0-01.** En el punto 2, se corrige «corriente de aire» por «corriente principal de aire». - **ITC: 05.0-02.** En el primer párrafo, séptima línea, se corrige «retornos de los talleres electrificados, que será del 100 por 100» por «retornos de los talleres electrificados, que será del 1 por 100». - **ITC: 05.0-05.** En el primer párrafo, cuarta línea, se corrige «valores: 0,1 por 100 de metano ó 0,5 por 100 de lectura» por «valores 0,1 por 100 de metano o 5 por 100 de lectura». - **ITC: 09.0-02.** En el apartado b), segunda línea, se corrige «ITC001» por «ITC: 09.0-01». - **ITC: 09.0-03.** En el segundo párrafo, primera línea, se corrige «Completados todos ellos con CEI 79-0 de 1983» por «Completados todos ellos con las prescripciones de la CEI 79-0 de 1983». - **ITC: 09.0-03.** En el cuarto párrafo, tercera línea, se corrige «UNE 20 328/78» por «UNE 20 323/78». - **ITC: 09.0-03.** En el cuadro I, tercera línea, se corrige «IP4XX» por «IP4XX*». - **ITC: 09.0-04.** En la segunda línea, se corrige «ITC 0.9-02» por «ITC 09.0-02». - **ITC: 09.0-04.** En el primer párrafo, segunda línea, se corrige «ITC 0.9-02» por «ITC 09.0-02». - **ITC: 09.0-04.** En el segundo párrafo, cuadro, se corrige el texto de las secciones de los conductores de fase o polares de un cable y las secciones mínimas del conductor de protección. Se corrige: - «S 16 S 35 16 S/2» por «S < 16 S 16 ≤ S ≤ 35 16 S/2». - **ITC: 09.0-07.** En el cuarto párrafo, se corrige «en los desplazamientos» por «en los emplazamientos». - **ITC: 09.0-12.** En el punto 4.2, apartado b), se corrige «UL 50 V (Valor eficaz).» y «UL 24 V (Valor eficaz).» por «UL ≤ 50 V (Valor eficaz).» y «UL ≤ 24 V (Valor eficaz).». - **ITC: 09.0-12.** En el punto 4.3.1, apartado c), se corrige «siendo: Zs = impedancia de cierre de defecto» por «siendo: Zs = impedancia del bucle de defecto». - **ITC: 09.0-12.** En la sección «Luminarias», se corrige «3.2.1.7. Calefacción eléctrica» por «3.1.2.7. Calefacción eléctrica». Estas correcciones son fundamentales para garantizar la precisión técnica y la correcta aplicación de las normas de seguridad en minas. Cada error corregido afecta directamente la interpretación y cumplimiento de las normas técnicas, lo que puede influir en la seguridad de los trabajadores y en la operación de las minas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en una Orden Ministerial de 1985, publicada en el Boletín Oficial del Estado. Las correcciones afectan términos técnicos, valores numéricos y referencias a normas, lo que es crucial para la aplicación correcta de las normas de seguridad minera. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores en normativa técnica**: Se corrigen errores en términos técnicos y valores numéricos. ⚠️ **Relevancia para la seguridad en minas**: Las correcciones afectan directamente la seguridad de los trabajadores. 📋 **Publicación en Boletín Oficial del Estado**: Las rectificaciones se publican en el Boletín Oficial del Estado para garantizar su aplicación legal. ℹ️ **Impacto en la aplicación de normas**: Cada error corregido puede influir en la interpretación y cumplimiento de las normas técnicas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado, número 242, de 9 de octubre de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 9 de octubre de 1985 - **Materias**: Seguridad en minas, normativa técnica, correcciones de errores - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: seguridad minera, normas técnicas, correcciones, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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