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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 13 de marzo de 1986 por la que se aprueba el esquema de valoración de las razas ovinas españolas de aptitud lechera.

BOE-A-1986-7615Publicada: 22/03/1986MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 13 de marzo de 1986 por la que se aprueba el esquema de valoración de l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 13 de marzo de 1986 establece el esquema de valoración de las razas ovinas españolas de aptitud lechera, con el fin de mejorar el progreso genético mediante la prueba de descendencia. **2. CONTEXTO** Este orden fue aprobado tras reuniones del Grupo de Trabajo coordinado por la Dirección General de la Producción Agraria, en el que participaron representantes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, las Comunidades Autónomas, entidades colaboradoras para el libro genealógico y la Universidad. El objetivo era desarrollar un sistema de valoración que permitiera una mejor selección genética en las razas ovinas destinadas a la producción lechera. La baja heredabilidad de la producción lechera justifica la necesidad de métodos precisos de evaluación. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 13 de marzo de 1986 aprueba el esquema de valoración de las razas ovinas españolas de aptitud lechera, con el fin de mejorar el progreso genético mediante la prueba de descendencia. El documento establece que la valoración se realizará bajo la dirección del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través del director técnico de la respectiva raza, con la participación de las entidades colaboradoras de libros genealógicos, las Comunidades Autónomas y otros organismos relevantes. El esquema de valoración se aplica en todo el territorio nacional, y las explotaciones adheridas al mismo tendrán derecho a beneficiarse de los estímulos oficiales establecidos o que se establezcan con tal finalidad. En cuanto a los métodos de valoración, el artículo 9 establece que, en caso de necesidad, se podrá recurrir a la monta natural, y los moruecos a valorar se rotarán entre las explotaciones de grupo. El artículo 10 detalla que las crías nacidas de cada semental en prueba deben identificarse mediante collar numerado y tatuarse en la oreja derecha antes de los treinta días de vida, de acuerdo con las normas establecidas en la regulación específica del libro genealógico, tras comprobar la relación madre-cría por personal responsable de la entidad colaboradora. Además, se permite la realización de pruebas de laboratorio para confirmar la paternidad, como contraste de grupos sanguíneos o determinación de polimorfismos bioquímicos. El artículo 11 establece que las hembras nacidas de las ovejas de cada lote hijas del morueco en prueba deberán permanecer en sus explotaciones de origen al menos hasta que haya terminado el control de la primera lactación. En caso de fuerza mayor, las hembras podrán ofrecerse en venta con destino a ganaderías incluidas en el control lechero oficial, previa comunicación a la entidad colaboradora del libro genealógico. El artículo 12 detalla que la valoración definitiva de los moruecos en prueba se efectuará mediante el método de comparación de sus hijas con las contemporáneas del rebaño. Para ello, se tendrán en cuenta las producciones de las hijas en primera lactación del morueco en prueba y de las contemporáneas del rebaño, hijas de otros moruecos. Cuando se disponga de base estadística suficiente, la valoración de los sementales podrá realizarse mediante el método de comparación directa. La comprobación de las producciones lecheras de las hijas de los moruecos en prueba se ajustará a las normas establecidas para el control lechero ovino de cada raza y afectará, al menos, a todas las hembras de primera lactación de la raza en la explotación. Estos métodos buscan garantizar una evaluación precisa y objetiva de la calidad genética de los sementales, lo que permitirá una mejor selección y mejora de las razas ovinas destinadas a la producción lechera en España. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden ministerial establece un sistema de valoración de sementales ovinos de aptitud lechera basado en la prueba de descendencia. El sistema incluye métodos de identificación, control de lactación y valoración genética. La norma busca mejorar el progreso genético en las razas ovinas destinadas a la producción lechera. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Valoración genética mediante prueba de descendencia**: Es un método indispensable para el progreso genético de las razas ovinas de aptitud lechera. ⚠️ **Identificación y tatuaje de crías**: Es obligatorio identificar las crías nacidas de sementales en prueba, mediante collar numerado y tatuaje en la oreja derecha. 📋 **Control de lactación y valoración de hijas**: La valoración definitiva se basa en la comparación de las producciones lecheras de las hijas del semental en prueba con las contemporáneas del rebaño. ℹ️ **Participación de entidades colaboradoras**: Las entidades colaboradoras del libro genealógico participan en la comprobación de la relación madre-cría y en la valoración genética. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 13 de marzo de 1986 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 13 de marzo de 1986 - **Materias**: Ganadería, producción lechera, selección genética, valoración de sementales - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: valoración genética, prueba de descendencia, selección de sementales, producción lechera, libro genealógico, control de lactación, identificación de crías, progreso genético, entidades colaboradoras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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