Real Decreto 563/1986, de 21 de marzo, por el que se fija el precio máximo de venta al público para el aceite de soja.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 563/1986, de 21 de marzo, por el que se fija el precio máximo de ve ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 563/1986 establece el precio máximo de venta al público del aceite de soja refinado y envasado en 165 pesetas por litro, IVA incluido, derogando el anterior Real Decreto 1700/1981. 2. **CONTEXTO** En el año 1986, España enfrentaba un contexto económico caracterizado por fluctuaciones en los precios de los productos agrícolas y la necesidad de regular el mercado de grasas comestibles. El aceite de soja era uno de los productos clave en este ámbito. La norma fue aprobada en el marco de una política de control de precios para garantizar la estabilidad del mercado y la accesibilidad de los productos esenciales. La decisión fue tomada tras deliberaciones del Consejo de Ministros y con el informe de la Junta Superior de Precios. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 563/1986, de 21 de marzo, regula el precio máximo de venta al público del aceite de soja refinado y envasado, estableciendo un límite de 165 pesetas por litro, IVA incluido. Este límite se establece con la finalidad de garantizar la presencia en el mercado de grasas comestibles de aceite de soja para consumo directo en condiciones de habitualidad, siempre que el precio de venta al público se establezca en relación adecuada con los precios de los demás aceites presentes en el mercado. El texto del Real Decreto establece que el precio máximo se fija en 165 pesetas por litro, IVA incluido, lo que implica que este valor no puede superarse en la venta al público. Este límite se establece en virtud de la necesidad de regular el mercado y garantizar la competencia equitativa entre los productores y comercializadores de aceite de soja. El Real Decreto también establece que el Ministerio de Economía y Hacienda podrá dictar las disposiciones precisas para el desarrollo de la norma, lo que permite la adaptación de la norma a las necesidades del mercado y a la evolución de los precios. La norma entra en vigor el día de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*, y se deroga el Real Decreto 1700/1981, de 3 de agosto, por el que se fijaba el precio máximo de venta al público para el aceite de soja. En cuanto a la vigencia, el Real Decreto 563/1986 se publicó en el *Boletín Oficial del Estado* el 21 de marzo de 1986, y entró en vigor en ese mismo día. La derogación del Real Decreto 1700/1981 implica que la norma anterior queda sustituida por esta nueva regulación, lo que refleja una evolución en la política de precios en el sector de las grasas comestibles. La norma se fundamenta en la necesidad de garantizar la estabilidad del mercado y la accesibilidad de los productos esenciales, como el aceite de soja, para el consumidor final. La regulación del precio máximo busca evitar prácticas comerciales que puedan llevar a un aumento excesivo de los precios, afectando a la población en general. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 563/1986 establece un límite de precio para el aceite de soja, con el objetivo de regular el mercado y garantizar la accesibilidad del producto. La norma entra en vigor en el mismo día de su publicación y deroga una anterior regulación. Es una norma de carácter económico y regulador. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establecimiento de precio máximo**: El aceite de soja refinado y envasado tiene un precio máximo de 165 pesetas por litro, IVA incluido. ⚠️ **Derogación de norma anterior**: Se sustituye el Real Decreto 1700/1981, de 3 de agosto. 📋 **Vigencia y entrada en vigor**: La norma entra en vigor el día de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. ℹ️ **Contexto económico**: La norma fue aprobada en un contexto de regulación de precios en el sector de las grasas comestibles. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 21 de marzo de 1986 - **Materias**: Economía, precios, agricultura, consumo - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: precio máximo, aceite de soja, mercado, regulación, consumo, IVA, derogación, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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