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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 20 de marzo de 1986 por la que se autoriza el aumento de los precios de pasaje marítimo y vehículos de cabotaje nacional.

BOE-A-1986-7524Publicada: 21/03/1986MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 20 de marzo de 1986 por la que se autoriza el aumento de los precios de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Ministerio autoriza el aumento del 7% en los precios de pasaje marítimo y vehículos de cabotaje nacional, aplicando este incremento sobre los precios vigentes desde el 15 de enero de 1985. 2. **CONTEXTO** Las empresas navieras presentaron un expediente ante la Junta Superior de Precios debido al incremento de los costes de explotación. Este aumento se justifica en el contexto de la entrada en vigor de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, que sustituye al impuesto sobre el tráfico de empresas. La resolución se basa en el Real Decreto 2695/1977 y en el informe de la Junta Superior de Precios. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 20 de marzo de 1986 autoriza el aumento del 7% en los precios de pasaje marítimo y vehículos de cabotaje nacional. Este incremento se aplica sobre los precios vigentes desde el 15 de enero de 1985, según lo establecido en la Orden del Ministerio de fecha mencionada. El aumento se justifica en la elevación de los costes de explotación, lo cual se refleja en el artículo 5 del Real Decreto 2695/1977, que establece la normativa sobre precios en materia de servicios públicos. Además, la entrada en vigor de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido y su legislación complementaria obliga a considerar la repercusión de este impuesto sobre las tarifas de los servicios públicos, como el transporte marítimo y de cabotaje. Esto se refleja en el texto de la Orden, ya que los nuevos precios incluyen la repercutida incidencia del IVA, a los tipos y en las condiciones establecidas en la legislación de dicho impuesto. El artículo 1 de la Orden establece claramente que el aumento se aplica sobre los precios actualmente vigentes, lo que implica que las empresas navieras deben ajustar sus tarifas en función de los precios fijados en la Orden del 15 de enero de 1985. Además, los nuevos precios tienen carácter de finales para los usuarios, lo que significa que son los precios finales que se aplicarán directamente a los usuarios, incluyendo los costos de seguros y la repercutida incidencia del IVA. El artículo 2 de la Orden establece que la presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que garantiza que el incremento se aplique de forma inmediata y uniforme. La resolución se emite tras la autorización otorgada por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos en su reunión del 19 de marzo de 1986, lo que refleja el cumplimiento de los trámites previstos en la normativa vigente. En resumen, la Orden responde a la necesidad de ajustar los precios de los servicios públicos marítimos y de cabotaje en el contexto de un aumento de costes operativos y la aplicación de un nuevo régimen impositivo. La autorización se basa en la normativa existente y en el informe de la Junta Superior de Precios, lo que garantiza su legalidad y viabilidad. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden autoriza un aumento del 7% en los precios de pasaje marítimo y vehículos de cabotaje nacional, aplicado sobre los precios vigentes desde el 15 de enero de 1985. Este incremento se justifica en el contexto de un aumento de costes y la entrada en vigor de la Ley del IVA. La resolución se emite tras el informe de la Junta Superior de Precios y la autorización de la Comisión Delegada del Gobierno. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Aumento del 7%**: Se autoriza un incremento del 7% en los precios de pasaje marítimo y vehículos de cabotaje nacional. ⚠️ **Contexto de costes**: El aumento se justifica en la elevación de los costes de explotación y la entrada en vigor de la Ley del IVA. 📋 **Aplicación sobre precios vigentes**: El incremento se aplica sobre los precios actualmente vigentes desde el 15 de enero de 1985. ℹ️ **Inclusión del IVA**: Los nuevos precios incluyen la repercutida incidencia del IVA, a los tipos y condiciones establecidos en la legislación correspondiente. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 20 de marzo de 1986 - **Materias**: Precios, transporte marítimo, cabotaje, impuesto sobre el valor añadido - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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