Orden de 28 de febrero de 1986 por la que se determinan el nivel orgánico, estructura y funciones del Centro Nacional de Información y Documentación del Patrimonio Histórico.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 28 de febrero de 1986 por la que se determinan el nivel orgánico, estru ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 28 de febrero de 1986 establece el nivel orgánico, estructura y funciones del Centro Nacional de Información y Documentación del Patrimonio Histórico, dependiente de la Dirección General de Bellas Artes y Archivos. **2. CONTEXTO** Esta norma se emite en el marco del Real Decreto 565/1985, de 24 de abril, que establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y sus organismos autónomos. En dicho real decreto, se señala que las medidas de desarrollo, incluyendo el nivel orgánico y funciones del Centro Nacional de Información y Documentación del Patrimonio Histórico, se determinarán en una orden ministerial. La presente Orden de 1986 cumple dicha disposición. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 28 de febrero de 1986 establece el nivel orgánico, estructura y funciones del Centro Nacional de Información y Documentación del Patrimonio Histórico, que depende de la Dirección General de Bellas Artes y Archivos. El Centro se constituye con nivel orgánico de servicio (nivel 26) y dispone de una sección (nivel 24), según se especifica en la Resolución de 25 de septiembre de 1985 de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, que ordena la publicación del acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de julio de 1985, por el que se determinan los complementos correspondientes a los puestos de trabajo del Ministerio de Cultura. El Centro Nacional de Información y Documentación del Patrimonio Histórico depende del Instituto de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, según el artículo 2. Sus funciones propias, según el artículo 3, incluyen: suministrar datos e informes a la Administración del Estado sobre el patrimonio histórico español; asesorar al Consejo del Patrimonio Histórico mediante la aportación de información necesaria para el cumplimiento de sus funciones; facilitar a instituciones públicas y privadas, así como a particulares, la información disponible en el Centro; crear bases de datos informatizados para permitir la consulta y difusión de información relacionada con el patrimonio histórico; realizar la labor de microfilmación y reprografía necesaria para la consulta y la creación de bases de datos gráficos; organizar la biblioteca del patrimonio histórico para servir como centro de consulta e información para investigadores; constituir el fondo documental del patrimonio histórico mediante la obtención, reproducción y ordenación de documentos gráficos como planos, grabados, dibujos o fotografías, así como otras representaciones (videos, maquetas, réplicas, etc.); y llevar a cabo una labor de difusión del patrimonio histórico a través de exposiciones y publicaciones, con el fin de permitir un mayor conocimiento del mismo. Además, se incluyen otras funciones que para el cumplimiento de sus fines sean atribuidas específicamente al mencionado Centro. El artículo 4 establece que esta disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. La Orden se emite con la aprobación de la Presidencia del Gobierno y se firma por Solana Madariaga, subsecretario y director general de Bellas Artes y Archivos. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 establece con claridad la estructura y funciones del Centro Nacional de Información y Documentación del Patrimonio Histórico. Establece su dependencia y nivel orgánico, así como las funciones específicas que debe cumplir. La norma se emite como medida de desarrollo del Real Decreto 565/1985, y entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Nivel orgánico y estructura**: El Centro se constituye con nivel orgánico de servicio (nivel 26) y una sección (nivel 24). ⚠️ **Dependencia**: Depende del Instituto de Conservación y Restauración de Bienes Culturales. 📋 **Funciones principales**: Incluyen la gestión de información, microfilmación, bases de datos, biblioteca y difusión del patrimonio histórico. ℹ️ **Vigencia**: Entró en vigor al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 28 de febrero de 1986 - **Materias**: Patrimonio histórico, gestión documental, cultura - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Centro Nacional de Información y Documentación del Patrimonio Histórico, nivel orgánico, funciones, gestión documental, patrimonio histórico, cultura, Ministerio de Cultura, Real Decreto 565/1985, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. 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