Orden de 24 de marzo de 1986 por la que se aprueba la norma de calidad de los guisantes para desgranar destinados al mercado interior.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 24 de marzo de 1986 por la que se aprueba la norma de calidad de los gu ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 24 de marzo de 1986 aprueba la norma de calidad de los guisantes para desgranar destinados al mercado interior, estableciendo requisitos técnicos, sanitarios y de etiquetado. 2. **CONTEXTO** Esta norma se emite en el marco de la regulación europea y la normativa nacional vigente, con el objetivo de garantizar la calidad y seguridad de los productos agrícolas en el mercado interior español. Se basa en acuerdos internacionales y en normativas previas como el Real Decreto 2192/1984. La norma se adopta con el fin de mantener la regulación nacional en materia de calidad de productos agrícolas, conforme a los acuerdos del Forppa. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 24 de marzo de 1986 establece una norma de calidad específica para los guisantes para desgranar destinados al mercado interior. Esta norma se fundamenta en el artículo 131 del Acta de Adhesión de España y Portugal a las Comunidades Europeas, que permite al Estado español mantener la normativa nacional vigente para productos regulados por el Reglamento (CEE) nº 1035/1972. Además, se basa en el Decreto 2257/1972, de 21 de julio, y en el Real Decreto 2192/1984, de 28 de noviembre, que regulan la normalización de productos agrícolas y la aplicación de normas de calidad para frutas y hortalizas frescas. La norma de calidad establece requisitos técnicos, sanitarios y de etiquetado para los guisantes para desgranar. En concreto, se establece que los envases deben indicar la zona de producción, el país de origen en el caso de productos importados, la masa neta expresada en kilogramos, y los colores indicativos de las diferentes categorías comerciales, sin permitir impresiones o colores que puedan inducir a error. Además, los envases deben cumplir con la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de productos alimenticios envasados, aprobada por el Real Decreto 2058/1982, de 12 de agosto. En cuanto a la rotulación, se establece que en los rotulos de los embalajes se debe hacer constar la denominación del producto, el número de envases, el nombre o razón social de la empresa, y otras indicaciones necesarias. No será necesaria la mencion de estas indicaciones si pueden determinarse claramente en el etiquetado de los envases sin necesidad de abrir el embalaje. También se establece que los comerciantes minoristas pueden disponer los guisantes en sus envases de origen o fuera de ellos, colocando un cartel bien visible en el lugar de venta. En dicho cartel se indicará la denominación del producto, la categoría comercial y el precio de venta al público (PVP), de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2807/1972, de 15 de septiembre. La norma también establece que los departamentos competentes velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente orden, en el ámbito de sus respectivas competencias, a través de los organismos administrativos encargados que coordinarán sus actuaciones, sin perjuicio de las competencias que correspondan a las comunidades autónomas y a las corporaciones locales. Además, se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para que, a propuesta del Fondo de Ordenación Agraria, pueda establecer medidas complementarias para garantizar el cumplimiento de la norma de calidad, siempre que se respeten los principios de seguridad alimentaria y protección del consumidor. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 establece una norma de calidad específica para los guisantes para desgranar, con requisitos técnicos, sanitarios y de etiquetado. Se basa en normativas previas y acuerdos internacionales. La norma busca garantizar la calidad y seguridad de los productos en el mercado interior. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Normativa de calidad específica para guisantes para desgranar** ⚠️ **Cumplimiento de normas sanitarias y de etiquetado** 📋 **Regulación basada en acuerdos internacionales y normativas previas** ℹ️ **Facultad al Ministerio para establecer medidas complementarias** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de calidad - **Fecha**: 24 de marzo de 1986 - **Materias**: Alimentación, calidad, etiquetado, productos agrícolas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: guisantes, calidad, etiquetado, normativa, productos agrícolas, seguridad alimentaria ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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